*Perfectibles reformas a los artículos 59 y 79 Constitucional
La eliminación de los administradores municipales de la Constitución local, así como el acotamiento financiero de los comisionados municipales, son avances sustanciales para la gobernabilidad de Oaxaca, afirmó el coordinador de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXIII Legislatura, Juan Mendoza Reyes.
El legislador panista refirió que el organismo político que representa, presentó una iniciativa para poner fin a esta figura que sobrepasa lo establecido en la Carta Magna Federal, además de abrir el tema para su discusión desde todos los espacios de la sociedad.
Y aunque reconoció que la ley aprobada este sábado en sesión extraordinaria en el Congreso del Estado es perfectible, aseguró que la reforma a los artículos 59 y 79 de la Constitución Local, que elimina a los administradores y crea los comisionados municipales, evitará vicios enquistados en la administración pública.
Las modificaciones constitucionales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2018, establecen que “en caso de declararse desaparecido o suspendido un ayuntamiento por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entraren en funciones los suplentes, ni que se celebren nuevas elecciones, o cuando por cualquier circunstancia especial no se verificare la elección de un ayuntamiento o esta se hubiere declarado nula o no válida, la Legislatura, a propuesta del gobernador, designará por las dos terceras partes de sus miembros, a los Concejos Municipales, que concluirán los periodos respectivos”, indicó.
Añadió que “los integrantes de los Concejos Municipales se elegirán entre los vecinos y estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores”.
La reforma faculta al gobernador para “proponer al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente en su caso, la integración de los Concejos Municipales, así como designar directamente al comisionado municipal provisional, cuando por cualquier circunstancia especial no se verificare la elección de algún ayuntamiento o se hubiere declarado nula o no válida, o bien se hubiese declarado la suspensión o desaparición del mismo, en los términos y plazos que señala esta Constitución”.
Explicó que el dictamen, también acota el manejo de los recursos, para que los consejeros municipales no puedan ejercer presupuestos, más allá de los destinados exclusivamente a la operatividad de los servicios básicos de la población.
Mendoza Reyes apuntó que se establece un plazo de 60 días para que los comisionados municipales únicamente puedan permanecer en este encargo, en tanto se organizan elecciones.
“El camino es aún largo, sin embargo es innegable que se ha priorizado la estabilidad de las poblaciones en beneficio de la ciudadanía”, concluyó.