* No podemos permitir gobiernos ricos con pueblos pobres
* Las acciones sociales requieren de mayores recursos y en la reducción a los partidos puede lograrse un incremento a dichos programas
San Raymundo Jalpan, Oax., 25 de mayo de 2017.- Nuestra postura de reducir a los partidos políticos las prerrogativas, va en el sentido de que no se puede permitir seguir creando nuevos organismos que pretendan negociar en aras de la democracia.
Para alcanzar prerrogativas es necesario alcanzar una verdadera representación y base social que lleve a las fuerzas políticas a ser reales alternativas de gobierno o en su defecto representantes que velen por las causas del pueblo.
En Morena estamos dispuestos, e impulsamos, la reducción de prerrogativas. No podemos permitir gobiernos ricos con pueblos pobres. Las acciones sociales requieren de mayores recursos y en la reducción a los partidos puede lograrse un incremento a dichos programas, afirmaron las y los diputados.
Nuestra democracia no puede mantenerse en privilegios de unos cuantos. Los partidos pueden subsistir con base a la cuota de sus militantes.
Por lo anterior, la Fracción Parlamentaria de Morena desde el Congreso del Estado propone la disminución de prerrogativas de los partidos políticos, el objetivo es generar ahorros que beneficien a la población, esta es una necesidad política y responde a una demanda ciudadana.
“La reducción de los montos se puede utilizar para programas sociales encaminados a resarcir la marginación y la pobreza extrema en la que vive la población”, expusieron las y los legisladores.
En el presupuesto de egresos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) del 2016 se aprobaron los montos asignados a partidos políticos por el concepto de prerrogativas y que utilizarán en este 2017.
Del 100 por ciento, el 70 por ciento le corresponde a cada partido político de acuerdo al porcentaje de votos obtenidos en la elección inmediata anterior, el 30 por ciento se reparte de manera equitativa entre cada una de las expresiones políticas.
Lo anterior se sustenta de acuerdo a los artículos 41, párrafo 2, base II, inciso a) de la Carta Magna y 51, párrafo 1, inciso a), fracción II, de la Ley General de Partidos Políticos, el monto se divide se la siguiente forma para el financiamiento público de sus actividades ordinarias.