• El Gobierno del Estado y sus municipios deberán informar a la Secretaría de Gobernación a través de la Conavim, un año posterior a la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, sobre las acciones realizadas para el cumplimiento de las medidas de seguridad, prevención, justicia y reparación establecidas en el resolutivo
A 14 meses de presentarse la solicitud, y con la suma de 211 feminicidios en lo que va de esta administración de acuerdo al contador de feminicidios de Consorcio Para el Diálogo Parlamentario y la Equidad en la entidad, este 30 de agosto, la Secretaría de Gobernación resolvió declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) para 40 municipios en el estado de Oaxaca.
La solicitud la hizo el 3 de julio del 2017, el Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), Arturo Peimbert Calvo, ante el Instituto Nacional de las Mujeres, argumentando la urgente necesidad de declarar en el estado la Alerta de Género ante las alarmantes cifras de feminicidios y que se estaban incrementando considerablemente.
Para el 6 de julio la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia de Género contra las Mujeres (Conavim) acordó admitir la solicitud, lo cual fue informado el 7 de julio al Gobernador del Estado, Alejandro Murat Hinojosa, enseguida el grupo de trabajo hizo las visitas a la entidad y el 31 de octubre de ese mismo año entregaron el informe.
Posteriormente se hicieron procedimientos como aceptaciones propuestas por el Gobierno del Estado, en noviembre del 2017, de lo que tenía seis meses para su implementación y al término de este tiempo entregó su informe, el grupo de trabajo hizo observaciones y nuevas sesiones hasta que el 6 de agosto entregó las observaciones finales a la Secretaría de Gobernación, quien a su vez este 31 de agosto emitió la Alerta de Género.
En la parte de los considerandos de la resolución y haciendo referencia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado de Oaxaca menciona que el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos entre ellos, el de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; a la Convención Interamericana para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres donde los Estados convienen adoptar políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia; a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia donde establece la coordinación de la Federación, entidades federativas y municipios para prevenir, sancionar, y erradicarla violencia contra las mujeres.
Establece “que en la entidad federativa se requiere una respuesta de emergencia que modifique las prácticas estatales y sociales que impiden al estado cumplir adecuadamente sus obligaciones de respecto, promoción, protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres, principalmente el de vivir una vida libre de violencia” y que “es necesaria la alimentación del Banco Estatal de Casos de Violencia para fungir como instrumento de información estadística para el diseño de políticas de prevención de la violencia, desarrollando dentro de él, registros administrativos tanto de los servicios de salud, seguridad y justicia”.
En los resolutivos declara la AVGM, para implementar acciones de emergencia en los municipios:
Región Mixteca: Asunción Nochixtlán, Heroica Ciudad de Huajuapan de León, Heroica Ciudad de Tlaxiaco, San Juan Mixtepec, Santa María Apazco y Santa María Yucuhiti.
Región Cañada: Huautla de Jiménez, Mazatlán Villa de Flores y Teotitlán de Flores Magón.
Istmo: Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Matías Romero Avendaño, Salina Cruz, San Juan Guichicovi y Santo Domingo Tehuantepec.
Región Sierra Sur: Miahuatlán de Porfirio Díaz y Putla Villa de Guerrero.
Región Sierra Norte: Ixtlán de Juárez y Santo Domingo Tepuxtepec.
Región Costa: Candelaria Loxicha, San Agustín Loxicha, San Pedro MIxtepec, San Pedro Pochutla, Santa María Huatulco, Santa María Tonameca, Santiago Jamiltepec, Santiago Pinotepa Nacional, Santo Domingo de Morelos y Villa de Tututepec de Melchor Ocampo.
Región de Valles Centrales: Oaxaca de Juárez, San Antonio de la Cal, San Bartolo Coyotepec, San Lorenzo Cacaotepec, Santa Lucía del Camino, Tlacolula de Matamoros, Villa de Zaachila y Zimatlán de Álvarez.
Región Cuenca del Papaloapan: Acatlán de Pérez Figueroa, Loma Bonita, San Juan Bautista Tuxtepec y San Juan Bautista Valle Nacional.
La resolución ordena que en esos municipios se deben instalar a la brevedad los Consejos Municipales para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia de Género Contra las Mujeres a los que hace referencia el artículo 47 de la Ley Estatal de Acceso, y emitir los programas sobre la política municipal orientada a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en atención a las atribuciones a las que hace referencia los artículos 54 y 70 del mismo ordenamiento legal.
Ordena entre las medidas de seguridad, implementar acciones gubernamentales estatales y municipales en coordinación con la federación para ejecutar medidas de prevención, seguridad y justicia; la creación de puntos de atención inmediata a mujeres en situación de violencia; la difusión del número de emergencia nacional 911 con lo cual la coordinación estatal del número de emergencia deba dar un informe mensual de las llamadas recibidas y el seguimiento brindado; la creación de agrupaciones estatales, municipales o mixtas de seguridad especializadas en los casos de atención de violencia contra las mujeres por razón de género.
También pide el establecimiento, en coordinación con las autoridades estatales, un mecanismo permanente de emisión y seguimiento de órdenes de protección involucrando a los cuerpos de policía de proximidad, fiscalía, centro de justicia para las mujeres y poder judicial; la creación de albergues para mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos en las ocho regiones del estado; la identificación de la incidencia delictiva de los factores de infraestructura y movilidad que requieran atención y desarrollar un programa de intervención urbana dirigido a la disminución de los espacios de riesgo en el transporte público; entre otros.
Asimismo, se establecen medidas de justicia y reparación y medidas de prevención; de todo ello el Gobierno del Estado y sus municipios deberá informar a la Secretaría de Gobernación a través de la Conavim, un año posterior a la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, sobre las acciones realizadas para el cumplimiento de las medidas de seguridad, prevención, justicia y reparación establecidas en el resolutivo.
Contador feminidios de Consorcio refleja que 211 mujeres han sido asesinadas en la actual administración estatal
De acuerdo a la organización Consorcio Para el Diálogo Parlamentario y la Equidad, Oaxaca, a partir del recuento de la violencia feminicida realizado a través de una revisión hemerográfica a partir de diarios locales y diarios electrónicos, así como basado en dependencias estatales, en Oaxaca han asesinado a 211 mujeres en lo que va de esta administración gubernamental.
En su página violenciafeminicida.consorciooaxaca.org.mx, refleja que se han registrado contra mujeres, 922 agresiones, 134 delitos sexuales, 315 desapariciones, 211 feminicidios, 41 suicidios, 191 casos de violencia familiar, 30 casos de violencia política de género.
Detalla que en el sexenio de José Murat Casab se registraron 429 casos de feminicidios, en la de Ulises Ruiz Ortiz, 283 y con Gabino Cué Monteagudo 527