Enrique Méndez – Periódico La Jornada
En una decisión que ya fue impugnada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, el Tribunal Electoral Estatal avaló mantener el registro al Partido Encuentro Social (PES) en la entidad, al concederle el carácter de partido indígena local.
Los magistrados oaxaqueños aplicaron una regla que fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto de que los partidos indígenas podían mantener su registro con sólo 2 por ciento de la votación estatal.
En las elecciones presidenciales del primero de julio, el PES no alcanzó el 3 por ciento de la votación nacional para conservar su registro, y en Oaxaca fue de apenas 2 por ciento, por lo que tampoco cumplió el requisito para mantenerse en la entidad.
Sin embargo, en un fallo del 28 de septiembre, con el expediente RIN/DRP07/2018, los magistrados electorales oaxaqueños Miguel Ángel Carballido Díaz, Raymundo Wilfrido López Vásquez y Víctor Manuel Jiménez Viloria aprobaron conceder el registro al PES en Oaxaca, a partir de que la Corte ya había dejado sin efectos esa disposición de la Constitución estatal.
En la sentencia de la acción de inconstitucionalidad 53/2015 y sus acumuladas 57/2015, 59/2015, 61/2015, 62/2015 y 63/2015, la Corte declaró inconstitucional el artículo 25, apartado B, fracciones II, párrafo tercero, y XI de la Constitución oaxaqueña.
Ello, porque el Congreso del estado previamente había ubicado en 2 por ciento de votación en Oaxaca para que los partidos conserven su registro, en abierta contradicción con el requisito de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que lo fija en 3 por ciento.
Si bien en la Constitución del estado se definía que los partidos políticos locales pueden contar con reconocimiento indígena y mantener sus registros con 2 por ciento de la votación, ello no constituye una excepción al requisito constitucional federal.
Con su fallo, los magistrados permitieron que el PES mantenga su registro como partido, que los seis diputados locales postulados por ese instituto político continúen como grupo parlamentario con aquellas siglas y, al mismo tiempo, romper la sobrerrepresentación de Morena en el congreso estatal.
Ante ese fallo, el 5 de octubre, el Instituto Electoral de Oaxaca, por conducto de su representante legal, interpuso un recurso en contra de la resolución del 28 de septiembre dictada por el Tribunal Electoral Estatal de Oaxaca, en el que éste acordó otorgar al PES su registro como partido político indígena local.
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