Puebla.- Debido a la muerte de quien fuese la gobernadora del estado de Puebla, Martha Érika Alonso, —ocurrida en accidente que costó también la vida de su esposo, el exgobernador Rafael Moreno Valle, además de otros tres tripulantes— el Gobierno del Estado de Puebla ha quedado en manos del secretario de Gobierno, Jesús Rodríguez Almeida.
Esto, de forma provisional para que el Congreso del Estado designe al gobernador interino y posteriormente se realicen las elecciones correspondientes para la elección del nuevo gobernador estatal.
Marco legal
Para el tema, Reynaldo Saldívar, asesor en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), comentó vía telefónica con EL DEBATE el proceso de elección y los lineamientos que se deberán llevar a cabo en dicho estado, «de acuerdo con el artículo 57, fracción XVII y XVIII de la Constitución local, el Congreso del Estado deberá elegir con carácter de interino al ciudadano que deba sustituir al gobernador de elección popular directa, en sus faltas temporales o en su falta absoluta, si esta acaeciere en los dos primeros años del periodo constitucional», explicó con bases en la Constitución del estado de Puebla.
Votaciones
Añadió Saldívar que: «Una vez designado el gobernador o gobernadora interina, deberá publicarse la convocatoria para la celebración de una nueva elección dentro de los 10 días siguientes; dicha elección deberá desarrollarse en un plazo no menor a tres meses y no mayor a cinco a partir de la publicación de la convocatoria» explicó a EL DEBATE el abogado.
Finalizó puntualizando los plazos temporales para tener al representante definitivo del estado de Puebla: «Quien resulte ganador de la elección, deberá tomar posesión a los 10 días después del cómputo estatal. Este es, digamos, el procedimiento a seguir», concluyó.
En este sentido, el abogado constitucionalista Juan Bautista Lizárraga Motta, explicó respecto a la metodología que «una vez nombrado el gobernador interino se deberán hacer nuevas elecciones para la gubernatura», refirió.
«El Congreso va a mandar una convocatoria, habrá elecciones, se calificarán resultados y elegirán al nuevo gobernador». En cuanto a la nueva disputa y los que podrían ser los contendientes indicó: «Para la gubernatura, los antiguos candidatos que ya habían contendido, de los diferentes partidos, pueden volver a contender, no existe ningún impedimento, posibilidad legal, la tienen», declaró el abogado.
Atribuciones
Según el Instituto Nacional Electoral (INE), cada estado cuenta con un Instituto Electoral local, quienes se encargan de la organización de las elecciones para designación de gobernador, diputados locales, presidentes municipales, integrantes de ayuntamientos, entre otros. El Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla establece que los comicios para gobernador —en lo que a su organización refiere— se atribuyen al Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE), pero con base a una reforma electoral establecida en 2014, el Instituto Nacional Electoral (INE) trabaja con los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) a fin de «homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales locales, para garantizar altos niveles de calidad en la organización de las elecciones».