• Promueven la imagen del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, vulnerando el principio de imparcialidad en la entrega de programas sociales
• Nancy Ortiz Cabrera, delegada de Programas Sociales, entre las denunciadas
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en su sentencia con fecha 27 de diciembre del 2019, resolvió que Servidores de la Nación y subdelegados regionales violaron la constitución al hacer propaganda gubernamental que contiene elementos de promoción personalizada en favor del Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, en la entrega de programas sociales.
El 8 de agosto del año pasado, el Partido de la Revolución Democrática presentó una denuncia en contra del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, la Secretaria de Bienestar, María Luisa Albores, el Coordinador General de Programas para el Desarrollo del Gobierno Federal, Gabriel García Hernández, delegados estatales y coordinadores regionales de Programas para el Desarrollo, así como contra los Servidores de la Nación.
En su denuncia expresaron que se implementó una campaña durante el levantamiento del censo y distribución de programas sociales, para promocionar el nombre y logros del Presidente, portando chalecos, mochilas, gorras y gafetes con elementos que contienen el nombre del presidente, posicionando política y electoralmente a una persona y un partido (Morena), para influir en los próximos procesos electorales.
Los funcionarios incurrieron en la difusión de propaganda gubernamental con fines de promoción personalizada y violación al principio de imparcialidad por el uso indebido de los recursos públicos, resolvió el Tribunal Electoral Federal, pero en contra sólo de Servidores de la Nación y delegaciones regionales.
Derivado de esto la Comisión de Quejas ordenó entre otras cosas, que la Secretaria de Bienestar y el Coordinador General de Programas Integrales de Desarrollo, que se notifique a servidores públicos retirar de sitios de internet incluidas redes sociales las publicaciones relacionadas con programas donde hacen referencia de que se hacen a nombre del Presidente en un término no mayor a 48 horas, que se cumplió el 31 de diciembre.
Se ordenó también a servidores de la nación, que bajen de sitios de internet las publicaciones en mención y se abstengan de realizar publicaciones de igual naturaleza.
Otro de los aspectos que se consideró como existente por el Tribunal, es la difusión ilegal de propaganda gubernamental con fines de promoción personalizada y violación al principio de imparcialidad por el uso indebido de recursos públicos por parte de delegados estatales (32), subdelegados regionales (38- 2 de Oaxaca) y servidores de la nación (17- 1 de Oaxaca), entre éstos, la delegada Nancy Ortiz Cabrera, de Oaxaca.