La LXIV Legislatura Local aprobó reformas al Código Penal del Estado para sancionar hasta con seis años de prisión a quienes agredan a personal médico ante la emergencia sanitaria que se vive por el COVID-19.
Debido a que se han documentado una serie de casos de violencia en el país y en Oaxaca no ha sido la excepción, el decreto presentado por el diputado morenista Pável Meléndez Cruz, fue aprobado por unanimidad.
Con ello se modifica el Capítulo IV del Título Cuarto del Libro Segundo, se adiciona el artículo 187 Bis y, se le adiciona un tercer párrafo al artículo 412 Bis recorriéndose los subsecuentes, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
El Artículo 187 señala que al que cometa un delito en contra de un servidor o funcionario público o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones, o con motivo de ellas, se le aplicarán de tres días a tres años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.
Al cual se le adicionó que cuando las conductas a que se refiere el artículo anterior, sean cometidas en contra de cualquier servidor público que pertenezca al Sistema Estatal de Salud durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena de prisión deberá aumentarse hasta en tres años más, además de la que le corresponda por el delito cometido.
“Durante el período que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena de prisión se incrementará en una mitad o de doscientos veinticinco a cuatrocientos cincuenta días de trabajo a favor de la comunidad y hasta cuatrocientos días de multa”.
No serán consideradas discriminatorias todas aquellas medidas tendientes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos, señala el decreto que entrará en vigor después de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.