Un grupo de estudiantes de medicina de la UABJO que realiza su servicio social denunció que los Servicios de Salud de Oaxaca están violando sus derechos humanos al condicionarlos a firmar un acta responsiva donde los eximen de lo que pudiera ocurrirles durante el año que realicen su labor.
Explicaron que también otra condicionante de la dependencia es que no se les dé campo clínico por riesgos inherentes de la pandemia sanitaria por Covid-19 y que en su caso quienes decidan hacer su servicio deberán hacer un acta responsiva dirigida a la directora de enseñanza de los SSO, Claudia Rodríguez Cortés en donde aceptan por decisión propia y de sus tutores estar consistentes del riesgo que implica continuar los trámites de servicio social 2020-2021.
La carta deberá “eximir a la institución educativa, en este caso la UABJO, y a las instituciones de salud de cursar con su enfermedad y aceptar la adscripción al servicio social”, les informaron a las y los estudiantes.
Detallaron que en el caso de estudiantes mujeres deberán agregar en el acta responsiva que durante este año que presten su servicio social no deberán embarazarse ni estar embarazadas al momento de iniciar el mismo, pues no se les darán incapacidades por esta condición.
Precisaron que en el caso de presentar astigmatismo, asma, sobrepeso u otra enfermedad crónica degenerativa, según indicaciones de los SSO, deberán quitar el concepto “SANO” y abonar la comorbilidad con la que realizarán su servicio social en el entendido que lo se les dará incapacidad por dicha situación.
Las y los inconformes señalaron que podrían acudir a la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca por la violacion a sus derechos por parte de los SSO en donde directivos lejos de mostrar sensibilidad ante la actual contingencia sanitaria aprovechan su poder para tomar decisiones inhumanas al margen de la ley.
Cabe señalar que de acuerdo al documento “Derechos, obligaciones y medidas disciplinarias para pasantes en servicio social” las pasantes podrán tener licencia por gravidez con una duración de 90 días naturales, un mes antes y dos meses después del parto, sin detrimento del pago de la beca ni del cómputo del tiempo del servicio.