* El registro sobre casos y delitos de violencia contra las mujeres es una herramienta para la generación de políticas públicas con perspectiva de género, para atender y erradicar la violencia en contra de mujeres
San Raymundo Jalpan, Oax., 8 de octubre de 2020-. Fortalecer el marco normativo para dar certeza en la integración y operación del banco estatal de datos e información sobre casos y delitos de violencia contra las mujeres previsto en la Ley estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de género, es de suma importancia ya que a más de diez años de su creación en la legislación no era una realidad.
Derivado de la falta de información con respecto a este tema, la Diputada de Morena del Distrito 13 Oaxaca Sur, Hilda Graciela Pérez Luis; presentó ante la plenaria del Congreso del Estado una iniciativa el 07 de Agosto de 2019, que Reforma la Ley Estatal de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de género, para que se ponga en operatividad el banco estatal de datos, misma que fue aprobada el 28 de mayo del 2020 y publicada en el Periódico Oficial del Estado, el 30 de Mayo del 2020, por el decreto 1509.
Objeto de la reforma
Contar con un registro que contenga información sobre casos y delitos de violencia contra las mujeres con la finalidad de tener una herramienta para la generación de políticas públicas con perspectiva de género y derechos humanos que permita prevenir, atender y erradicar la violencia en contra de mujeres, así lo explicó la también vicepresidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado.
Es importante recalcar que la resolución en la que se decreta la Alerta de violencia de Género contra las mujeres para nuestro Estado, el grupo de trabajo encargado del estudio y análisis de la situación que guarda nuestro territorio, señaló que la falta de un sistema estadístico impide que se conozca correctamente el fenómeno de violencia en la entidad, por lo que es necesario la implementación del Banco Estatal de casos de Violencia, dijo la legisladora.
Puntos principales de la reforma aprobada:
• Se crea el capítulo del banco estatal de datos e información sobre casos y delitos de violencia contra las mujeres.
• La Secretaría de Seguridad Pública será la encargada de crear, administrar y actualizar el Banco estatal de datos e información sobre casos y delitos de violencia contra las mujeres.
• Se establece que las autoridades integrantes del Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres estarán obligadas a coadyuvar y proporcionar de manera periódica y dentro de su ámbito de competencia la información completa y necesaria de los casos y delitos que conozcan de violencia contra las mujeres.
• Se señalan los datos mínimos con los que debe contar el registro. (Caso o delito del que se trata, datos de la víctima, datos del agresor o agresora, fecha del acontecimiento, lugar de los hechos, Órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas, entre otros)
• La información contenida en el Banco estatal será exclusivamente para generar reportes, gráficas o estadísticas para su análisis e interpretación, a fin de que se pueda conocer sistemáticamente las características y patrones de violencia, detección de áreas geográficas y ámbitos en la sociedad que impliquen riesgo para las mujeres, así como las necesidades para su atención e instrumentar políticas públicas desde la perspectiva de género y de derechos humanos.
• Se establece como atribución de la Secretaría de Finanzas asignar, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado, recursos para el funcionamiento del Banco estatal de datos e información sobre casos y delitos de violencia contra las mujeres.
Finalmente Hilda Luis, recalcó la importancia de contar con estadísticas oficiales para el diseño, planeación, implementación, ejecución, monitoreo y evaluación de políticas públicas en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres”.