La Comisión Nacional para el Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) publicó este viernes los criterios que tendrán que evaluar las Afore para calcular la comisión que cobrarán por administrar y custodiar los recursos de los trabajadores a partir de 2022, esto de acuerdo al tope que incluye la reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR) que aprobó el Congreso de la Unión en diciembre del año pasado.
De acuerdo con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el organismo explicó que con los datos recabados en la consulta pública que establece la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) a las administradoras de fondos, la disminución de comisiones sólo debe ocurrir cuando se presente alguna baja en las comisiones en los Estados Unidos de América, Colombia o Chile, por lo que “es necesario ajustar la metodología que permita calcular el máximo al que se sujetarán las comisiones que cobren las Afore”.
Asimismo, indicó que, en los comentarios recibidos de parte de las Afore, se solicitó mayor claridad y precisión en algunas de las expresiones relativas a la descripción de la metodología para el cálculo del máximo de dichas comisiones que se encuentra en el artículo 37 de la Ley reformada.
“La metodología para calcular el máximo al que se sujetarán las comisiones que cobren las Afore, tiene por fin el beneficio de los trabajadores y no limita el crecimiento anual de los ingresos que se generan por comisiones para continuar con la operación del SAR, considerando el incremento natural de los saldos promedio de las cuentas individuales y el aumento de las aportaciones patronales derivado de la Reforma a la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020”, señaló.
Agregó que el nuevo acuerdo por el que se dicten políticas y criterios que permitan calcular y establecer un máximo al que se sujeten las comisiones que cobren las Afore, resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones de los vehículos de inversión en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos, Colombia y Chile.
Así en la medida en que las comisiones en dichos países tengan ajustes a la baja serán aplicables las mismas reducciones y, en caso contrario, se mantendrá el promedio que al momento se esté aplicando. Dichas políticas y criterios comenzarán a aplicarse a partir del proceso de autorización de comisiones que se lleve a cabo en los meses de noviembre y diciembre de 2021, y se cobrarán a los trabajadores a partir del ejercicio fiscal 2022.
En tanto, las Afore deberán presentar a la Junta de Gobierno de la Consar, sus comisiones para autorización cada año dentro de los primeros diez días hábiles del mes de noviembre, para ser aplicadas en el año calendario siguiente, sin perjuicio de poder solicitar una nueva autorización de comisiones en cualquier otro momento.
Al primer trimestre de este año, la ganancia que obtienen las Afore por administrar estos activos se disparó 33 por ciento en el primer trimestre de 2021 frente al mismo periodo de 2020. Según la Consar, de enero a marzo de este año las Afore registraron una utilidad neta de 3 mil 273 millones de pesos, cifra superior a los 2 mil 451 millones de igual lapso del año pasado. Lo anterior pese a que en dos de los tres primeros meses de 2021 entregaron saldos negativos a los trabajadores.
Este año, la comisión que cobran las Afore por administración sobre saldos y participación de mercado de los activos es de en promedio 0.81 por ciento del saldo, esta es menor al 0.92 por ciento cobrado en 2020.
Fuente: MILENIO