Con 30 votos a favor los integrantes de la LXIV Legislatura local aprobaron las reformas constitucionales para abrir la participación a los migrantes o binacionales quienes podrán integrar la Cámara de Diputados.
El Dictamen con proyecto de Decreto planteado por la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, reformará los artículos 24; 33 y se adiciona una fracción VII al artículo 34 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
Con ello, los partidos políticos tendrán que incluir en sus listas de candidaturas plurinominales a los migrantes o binacionales.
“Con la aprobación de este dictamen del diputado migrante comenzamos a superar la injusticia atávica que ha azotado de manera perene a este sector de la población. No se trata de un pago de remesas”, argumentó el diputado presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), Fredie Delfín Avendaño.
Señaló que con la aprobación de dicho dictamen se hizo historia, toda vez que hoy dicho sector podrá emitir su voto y ser votado, “estas reformas obligarán a que los partidos políticos incluyan a personas migrantes en la integración de las listas plurinominales”.
Los ciudadanos oaxaqueños residentes en el extranjero tienen derecho a votar en la elección del gobernador del estado además de ser votados como diputados migrantes.
De acuerdo al procedimiento establecido en la Ley, el Congreso del Estado estará integrado por 25 diputados electos según el principio de mayoría relativa en distritos electorales uninominales y 17 que serán electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de lista votada.
En una sola circunscripción plurinominal un diputado por el principio de representación proporcional tendrá el carácter de migrante o binacional, el cual será electo conforme lo determine la Ley electoral del Estado.
Se entenderá por diputado migrante al representante popular que satisfaga las exigencias previstas en la constitución política de los Estados Unidos en caso de ser migrante acreditar la residencia binacional en los términos estipulados por la ley.
Para el caso del diputado migrante deberá tener al momento de la elección la calidad de migrante además de comprobar una residencia mínima de tres años en alguna de las comunidades oaxaqueñas migrantes en el extranjero.
Guanajuato Guerrero y Zacatecas son estados que actualmente reconocen al diputado migrante o binacional a través del principio de representación proporcional.