¿Qué le pasa a Salomón Jara?, ahora pretende imponer una “Ley Mordaza”, ¿de qué se trata?
¡Así no se gana una candidatura!
Vivimos en un país de libertades, donde se ejerce el derecho de opinar libremente, sin ataduras de ninguna especie, ¿por qué prohibirnos a las y los mexicanos manifestar nuestra opinión sobre la Revocación de Mandato?
Jamás había visto semejante atropello. Hasta las y los periodistas pasamos arder con esta iniciativa, porque no podremos plasmar ni una sola opinión en contra.
¡Solo eso nos faltaba!
En un intento desesperado por llamar la atención del presidente Andrés Manuel López Obrador para convertirse en el candidato a gobernador en Oaxaca, el morenista Salomón Jara Cruz ha presentado una iniciativa en el Senado para encarcelar a los opositores a la Revocación de Mandato en una clara violación a la libertad de expresión garantizada en la Constitución.
Cuando está por presentarse la encuesta que decidirá al aspirante por el Movimiento de Regeneración Nacional al gobierno de Oaxaca, Jara Cruz se nota agobiado y quiere ser tomado en cuenta. Vendrá en la medición, al igual que Benjamín Robles del PT y Raúl Bolaños Cacho Cué del Partido Verde.
Mientras que las tres propuestas mujeres, nos informan que barajean los nombres de última hora de Karina Barón Ortiz y Nancy Ortiz Cabrera, por supuesto el de la senadora Susana Harp Iturribarría, esta última puntea las encuestas que realizan cada semana, pero insistimos, el único que decide en Morena es AMLO, nadie más.
Nada está definido todavía.
Empero, Jara Cruz en un afán de ganar terreno en la sucesión gubernamental de Oaxaca, ha presentado la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan la Ley Federal de Consulta Popular, la Ley Federal de Revocación de Mandato y la Ley General en Materia de Delitos Electorales con la que quiere presentarse como el promotor incansable del presidente Andrés Manuel López Obrador.
A juicio del senador “debe quedar claro que, en el ejercicio de la libertad de expresión y de participación política que nos asiste a todas y todos los mexicanos, cualquier persona puede expresarse a favor o en contra del tema o la materia que se presenta en una consulta popular o de revocación de mandato.”
“Pero un asunto distinto es sabotear y atentar abierta y flagrantemente contra un mandato constitucional, saboteando y buscando inhibir el ejercicio del derecho de las y los mexicanos a participar y votar en procesos democráticos en el sentido que les parezca más conveniente”, según su parecer.
Salomón Jara ignora que la libertad de expresión es un Derecho Humano garantizado por la Constitución y el propio presidente AMLO ha señalado que se puede disentir con la Revocación de Mandato, sin que ello haga delincuentes a quienes no comulgan con la participación representativa.
Sin embargo, es claro que el senador está abrumado ante lo incierto de su destino en la Cuarta Transformación en Oaxaca y por ello recurre a esta clase de iniciativas que con toda seguridad irán a la congeladora en la que ya descansan muchos de sus proyectos porque a tres años de su labor como legislador no ha sido aprobada una sola ley suya.
La propuesta jarista, en caso de que sea tomada en cuenta, es la siguiente:
Propuesta de modificación Artículo 41 y 33 de la Ley Federal de Consulta Popular:
Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio, televisión, redes sociales y/o cualquier otro medio de comunicación dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la consulta popular; a deslegitimar la consulta popular como mecanismo constitucional de participación democrática o para buscar inhibir y desincentivar el ejercicio del derecho de las ciudadanas y los ciudadanos a participar y votar en la consulta popular.
El Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda en este sentido e iniciará el proceso de sanción que corresponda.
Artículo 19 BIS de la Ley en Materia de Delitos Electorales:
Se impondrá de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien, a título propio o por cuenta de terceros, contrate propaganda en radio, televisión, redes sociales y/o cualquier otro medio de comunicación dirigida a deslegitimar los procesos de consulta popular o de revocación de mandato como mecanismos constitucionales de participación democrática o para buscar inhibir y desincentivar el ejercicio del derecho de las ciudadanas y ciudadanos a participar y votar en los procesos de consulta popular y/o revocación de mandato.
De igual forma, establece sanciones para quien durante el procedimiento de consulta popular haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada de consulta popular, en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo; obstaculice o interfiera el escrutinio y cómputo de la consulta popular.
Así como también introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más papeletas utilizadas en la consulta popular o bien introduzca papeletas falsas; o solicite votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa para emitir su voto o abstenerse de emitirlo en la consulta popular, durante el procedimiento de consulta popular.
También se estipula una sanción para el servidor público que durante el procedimiento de consulta popular coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular; o condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de una opción dentro de la consulta popular.
Sin embargo, no existe una sanción para quien, en cualquier momento y ya sea a título propio o por cuenta de terceros, contrate propaganda en radio, televisión y/o redes sociales dirigida a deslegitimar los procesos de consulta popular o de revocación de mandato como mecanismos constitucionales de participación democrática o para buscar inhibir y desincentivar el ejercicio del derecho de los ciudadanos a participar y votar en cualquiera de ambos procesos democráticos.
¿Cómo la ven?
En verdad, ¿Quiénes son los asesores del senador Salomón Jara?, su propuesta es una aberración que atenta flagrantemente contra la libertad de expresión a la que tenemos derecho todos y todas las mexicanas.
¿O hasta eso nos van a quitar?, ¿ya no somos libres pensadores?, además las redes sociales no están reguladas, y para hacerlo se van a meter en un problemón las y los parlamentarios.
Apelamos porque Jara Cruz rectifique su actitud o que las y los senadores desechen por inviable semejante propuesta.
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