Por unanimidad el Consejo General del Tribunal Electoral de Oaxaca (TEEO), determinó declarar inexistentes las quejas interpuestas por el PRI contra el Senador Salomón Jara Cruz por presuntas infracciones que van desde supuestos actos de precampaña y la omisión del retiro de propaganda de su informe legislativo.
En sesión pública, el órgano citó la ponencia instructora presentada por la presidenta del TEEO, Elizabeth Bautista Velasco, en donde se determina que, primero no se acredita la propaganda denunciada y segunda no se configura el hecho subjetivo a los actos anticipados de precampaña.
En el expediente PES/02/2022, el representante del PRI ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Othoniel Melchor Peña Montor presentó la queja por la probable realización de conductas que violentan la normativa. electoral por parte de Salomón Jara Cruz y el Partido MORENA.
“La ponencia instructora propone declarar la inexistencia de las infracciones porque, se estima que, en primer lugar, no se acredita la propaganda denunciada atribuida al informe de labores legislativas pues resulta insuficiente la prueba técnica aportada por el denunciante al tener la naturaleza de una prueba imperfecta”, sostuvo Rubén Francisco Mendoza González, encargo de despacho de la Secretaría General del TEEO.
En el caso del informe legislativo y las publicaciones realizadas en redes sociales no acreditan llamar al voto.