-Le notifican al Gobierno de Oaxaca que en 1 año y 6 meses nosocomio deberá estar en funcionamiento
-Sería la administración entrante de Salomón Jara Cruz quien lo concluya
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordenó al gobierno de Oaxaca la construcción de un Hospital General -de 30 a 60 camas-, en el municipio mixteco de Huajuapan de León para garantizar la salud de más de 78 mil habitantes.
Con lo cual resolvió la Controversia Constitucional (CC) 28/2015 presentada el 23 de junio del 2015 por Celestino Rivera Galicia y Juventino Guillermo Guzmán Chávez, quienes se desempeñaban como Síndico Procurador y Síndico Hacendario.
Con dicho recurso jurídico, las entonces autoridades demandaron la omisión del gobierno estatal quienes se comprometieron a la ampliación del nosocomio del ayuntamiento luego de que el 27 de enero del 2014 una mujer dio a luz afuera del Hospital Pilar Sánchez Villavicencio ante la falta de infraestructura.
Por lo que el 5 de febrero de ese mismo año fue colocada la primera piedra, en el terreno donado por el municipio mientras el Poder Ejecutivo se comprometió a gestionar y bajar los recursos de un fideicomiso federal, sin embargo, después pararon los tramites para solicitar los dineros a una fundación.
Meses más tarde autoridades del gobierno estatal declararon que no existían los recursos para echar andar la obra.
Por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió su fallo a favor del Municipio de Huajuapan de León y ordenó que el Poder Ejecutivo demandado está obligado a llevar a cabo todas las acciones necesarias para que a la brevedad posible se inicien las obras en el terreno donado por el Municipio de Huajuapan de León.
Por lo que deberá agilizar el cumplimiento del convenio de coordinación celebrado con la Fundación XXXXXXXXX o, en su caso, elegir otra vía de financiamiento.
De igual manera, está obligado a llevar a cabo todas las acciones necesarias para que las obras mencionadas sean totalmente terminadas e inicie la prestación del servicio en el hospital lo antes posible.
“El Gobernador del Estado de Oaxaca en el plazo de treinta días hábiles siguientes a la notificación de este fallo, deberá informar a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las acciones concretas que llevará a cabo”, sostiene el resolutivo.
Además, en la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar especifica que la autoridad estatal deberá informar periódicamente sobre el avance de la obra hasta su total conclusión e inicio de la prestación de los servicios.
“En un plazo máximo de dieciocho meses a partir de que sea notificada esta sentencia deberá iniciar la prestación del servicio en el Hospital General de Huajuapan de León E.S.P. María del Pilar Sánchez Villavicencio o, en su caso, elegir otra vía de financiamiento y demostrar avances significativos respecto de la solicitud de fondos económicos”, se lee en el fallo.
Sin embargo, esta autoridad estatal culminará su periodo en menos de seis meses, porque sería el gobierno entrante quien culmine y ponga andar las labores del nosocomio.
El fallo abre la puerta para que los ayuntamientos puedan a través de la Controversia Constitucional (CC) reclamar sus derechos, precisó Fabiana Estrada Tena secretaria de Estudio y Cuenta de la SCJN.