Ricado Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad Pública, afirmó este jueves que dejar la decisión a los jueces sobre quiénes deben estar bajo prisión preventiva oficiosa sólo abriría la puerta a que haya actos de corrupción y se ponga en riesgo la integridad de los denunciantes e impartidores de justicia.
Al exponer su sección “Cero Impunidad” durante la conferencia matutina de Andrés Manuel López Obrador, el funcionario federal defendió el modelo de prisión preventiva al señalar que son de suma importancia para garantizar que no haya impunidad en delitos graves del fuero común y federal como el homicidio o feminicidio o actos de la delincuencia organizada o servidores públicos.
“Por eso es importante mantenerlo, porque si se está al arbitrio de que cada detención por estos delitos sea un juzgador el que resuelva si se queda en prisión o no, esto puede dar lugar a múltiples casos de corrupción.
“A un mercadeo de abogados y jueces y también incrementaría la peligrosidad para los propios jueces, para la víctima que se atreve a denunciar estos delitos, para los testigos que intervienen en la parte procesal y sobre todo representa una amenaza para la sociedad, porque estos individuos en libertad seguirán llevando a cabo sus actividades de carácter criminal”, expuso Mejía Berdeja.
Actualmente, la prisión preventiva oficiosa se activa de manera automática cuando el Ministerio Público logra obtener la vinculación a proceso de personas con imputaciones graves como delincuencia organizada o homicidio, entre otros delitos.
Ayer, la Secretaría de Gobernación (Segob) argumentó que la aplicación de este modelo permite que los presuntos delincuentes no incumplan con la justicia.
“Es fundamental la existencia de la prisión preventiva oficiosa en ciertos delitos, para asegurar que los presuntos criminales a quienes se les detiene por delincuencia organizada, delitos graves del orden común o delitos de cuello blanco, no se sustraigan de la acción de la justicia durante el proceso penal”.
En próximos días, la SCJN resolverá un juicio de amparo en revisión y dos acciones de inconstitucionalidad referentes a la prisión preventiva oficiosa que se estableció en el artículo 19 constitucional desde 2008.
Ante este análisis, el gobierno federal solicitó a los magistrados de la Corte tener en consideración la situación de seguridad que vive el país, así como de las víctimas que genera la actividad criminal y el esfuerzo que realiza la administración pública para la persecución criminal.
“Considere la seguridad pública del país, a las víctimas de los delitos, el combate a la impunidad y el enorme esfuerzo que implica la persecución criminal, donde participan fuerzas federales y estatales, así como las fiscalías locales y la Fiscalía General de la República (FGR), y que, en consecuencia, prevalezca la prisión preventiva oficiosa, tal como lo establece nuestra ley fundamental”, refirió la Segob.