El gobierno del Estado intervino a fin de que la empresa “Constructora México de Proyectos Inteligentes de la Nueva Generación S.A de C.V.”, cumpliera con una indemnización a los familiares del menor Alejandro Azael V. G., luego de fallecer en una obra contratada por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (SAPAO)
De acuerdo a un comunicado, la Secretaría General de Gobierno instruyó al director general de SAPAO, Reynaldo Hernández Cuevas, para trasladarse a las instalaciones de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), y encabezar las pláticas así como el acompañamiento a la familia del menor, con la finalidad de constatar el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de la empresa ejecutora de la obra, a través de su representante legal ante este lamentable suceso.
Los hechos se registraron este jueves en el transcurso de la mañana, en el margen derecho de la avenida Símbolos Patrios, entre prolongación de Xicoténcatl y Fiallo, cuando el trabajador se encontraba laborando en la zanja, donde desafortunadamente un alud de tierra le cayó encima y le provocó la muerte.
En el mismo documento, los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (SAPAO), lamentaron lo ocurrido en la obra de rehabilitación de drenaje en avenida Símbolos Patrios, luego de asegurar que “en todo momento los deudos fueron asistidos por sus abogados defensores. De igual manera, se acompañó a la familia hasta que se dio total cumplimiento con la reparación del daño conforme a la ley”.
Destaca ausencia del IMSS en supervisión de estas obras, considera abogado
Para Daniel Fabila Montalvo vice delegado de reglamentos de la Barra Nacional de Abogados Capítulo Oaxaca, este lamentable accidente dejó al descubierto la ausencia de los supervisores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), luego de trascender que el menor fallecido carecía de prestaciones sociales.
Consideró un enorme riesgo para las y los trabajadores que el IMSS omita esta revisión, sobre todo porque era un menor de edad, a quien debió inscribirse en un régimen especial, donde se incluye que es un empleo eventual y que sus padres o tutores autorizan laborar cuando es menor de edad.
Dijo que se les permite participar a los mayores de 16 años y menores de 18 en esa modalidad, sobre todo en trabajos de alto riesgo como es la construcción, bajo este tipo de supervisión.
Lamentó que se ha vuelto una práctica irregular que en las obras de esta naturaleza, el Seguro Social y la propia Secretaría del Trabajo estatal y federal, brillan por su ausencia, y peor aun cuando la empresa adicionalmente subroga mediante el sistema de outsourcing o terceros la tutela de la administración y contratación de personal.
Explicó que estos hechos deben servir de ejemplo para que las empresas no comentan el mismo error, que por evadir cuotas que efectivamente son altas, pero que les dan un respaldo a los patrones y a los trabajadores para solventar casos como el ocurrido.
El abogado precisó que la indemnización que pudo recibir la familia no exime a las sanción que debe recibir la empresa que irresponsablemente contrata menores sin registrarlos debidamente ante el seguro social, “debe salir a dar la cara para evitar que se sigan cometiendo estos hechos y sancionar a los responsables”.