El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó reformas laborales que permitirán a las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables.
Destaca que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios, detalló el documento oficial.
De acuerdo al DOF las modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.