La diputada Liz Concha propuso una Iniciativa de Reforma para la designación de Comisionados Municipales temporales, retomando los criterios emitidos por los órganos jurisdiccionales como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece un plazo máximo de 60 días para permanecer al frente de un Ayuntamiento y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que determinó que el nombramiento de Comisionado o Comisionada Municipal, debe recaer en una persona originaria y habitante del Municipio.
Por esta razón dijo que es necesario establecerlos en la Constitución y adecuar la legislación secundaria para que en la designación de Personas Comisionadas Municipales provisionales se observe el principio de paridad, que la designación recaiga en una persona originaria de la localidad y que no haya participado en la elección anulada, no válida o que no pudo llevarse a cabo, como candidato o candidata a concejal, o en los actos preparatorios tratándose de elecciones de sistemas normativos indígenas. Asimismo, agregar a lo que ya dispone la Constitución Local que sólo podrán acceder a los recursos correspondientes a la atención del gasto corriente.
“Es necesario también, que las personas comisionadas municipales informen de manera mensual al Congreso del Estado y al titular del Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Gobierno, sobre las acciones y avances en la organización de la elección extraordinaria, esto como instrumento de vigilancia de su actuación y para coadyuvar, en el ámbito de sus atribuciones en la solución de la problemática política y social” explicó la Presidenta de la Comisión de Gobierno y Asuntos Agrarios de la LXV Legislatura de Oaxaca.
La Diputada local por el Distrito 04 con cabecera en Teotitlán de Flores Magón detalló que; “esta iniciativa hace énfasis en que la figura de persona Comisionada Municipal es temporal, armonizando el contenido de la Ley Orgánica Municipal que hasta ahora sigue hablando de encargados de la administración municipal y que incluso, en una evidente contradicción, habla de que su periodo de duración máxima será de 90 días, contrario a los 60 días de los que habla la constitución local y otras disposiciones de la propia ley orgánica”.
Justificó su iniciativa haciendo una reflexión en cuanto a los cambios que se están dando en materia de Sistemas Normativos Indígenas y que son consecuencia de los procesos sociales y culturales que se han dado en las comunidades, toda vez que ha aumentado el reclamo de una mayor participación política de grupos que históricamente habían sido desplazados y que ahora reivindican esa participación, como es el caso de la participación política de las mujeres y de los habitantes de comunidades distintas a las cabeceras municipales.
Razón por la que; “hemos transitado hacia una tendencia judicializadora de las elecciones, lo que ha propiciado una labor interpretativa intensa de los órganos jurisdiccionales electorales, sobre todo, a la luz de los derechos humanos y del comunitarismo” señaló.
Para estos casos, profundizó; “el Gobernador del Estado tiene facultades constitucionales para designar a las y los Comisionados Municipales
Por lo que propongo que se acote la ratificación indefinida, que en los hechos permite tener comisionados hasta por tres años, por ello, es necesario establecer que de no haber condiciones para la elección extraordinaria e instalación de un nuevo Ayuntamiento en un plazo de 60 días, de manera inmediata se integre y remita la propuesta de Concejo Municipal, salvaguardando con ello, la naturaleza colectiva que deben tener las autoridades municipales”.
Finalmente resaltó que el objetivo es coadyuvar a la paz y gobernabilidad que el Estado necesita, por lo que las autoridades de los tres órdenes y de los tres poderes del Estado de Oaxaca, debemos trabajar de la mano, de forma coordinada y en estricto respeto a la división de competencias.