El Gobierno federal publicó la segunda parte del llamado “plan B” de reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual contienen cambios a la estructura orgánica del Instituto Nacional Electoral (INE), reduce los salarios de los consejeros, elimina fideicomisos, destituye al secretario ejecutivo y tiene nuevas reglas para los partidos políticos.
Las reformas modifican la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; además, expiden la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
¿En qué consisten exactamente estos cambios que los consejeros electorales los han considerado como un peligro para los procesos electorales y el debilitamiento al INE? Aquí te explicamos los principales puntos.
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Los cambios a esta ley prohíben a los candidatos, aspirantes y partidos la entrega o promesa de despensas, tinacos, láminas, tarjetas, aparatos electrodomésticos, lentes, juguetes, cubetas, utensilios de cocina y útiles escolares; en caso de hacerlo, serán sancionados y se presumirá como indicio de “presión al elector para obtener su voto”.
También ajusta los salarios de los consejeros del INE, pues señala que ellos deberán recibir remuneraciones “adecuadas” y no podrán justificar la excepción de especialización o trabajo técnico calificado para ganar más que el presidente de la República. Este punto viene después de que el mandatario López Obrador ha intentado, por medio de iniciativas, disminuir el salario de estos funcionarios, pero al ampararse, no ha sido posible esto.
El “plan B” establece que el INE no podrá destinar ahorros, economías o remanentes presupuestales a la creación u operación de fideicomisos, y tampoco podrá contratar seguros de gastos médicos mayores, de separación individualizada ni esquemas similares de contratación.
Otro cambio en la ley menciona que el titular de la Secretaría Ejecutiva durará en el cargo seis años y podrá ser reelecto por una única ocasión por tres años, cuando actualmente es por seis años más. Además, en los artículos transitorios se establece la destitución de la actual persona que ocupa este cargo: Edmundo Jacobo Molina, quien lleva 14 años en estas funciones y es cercano al presidente del INE, Lorenzo Córdova.
La reforma también modifica la integración del organismo electoral al desaparecer la estructura permanente subdelegacional y reducir el Servicio Profesional Electoral. Esto implicará, según cifras del INE, despedir a 8 de cada 10 personas que integran el servicio civil de carrera.
Los cambios también mueven las fechas de inicio de los procesos electorales federales, pues ahora serán en la tercera semana del mes de noviembre previo a la elección, y ya no en septiembre, por lo que se reduce el tiempo de insaculación, capacitación y selección de personas ciudadanas que integran las mesas directivas de las casillas.
Para el voto de los mexicanos en el extranjero, el “plan B” indica al INE coordinarse con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), ya que se deberá promover e instrumentar la instalación de dispositivos con acceso electrónico en las sedes diplomáticas del Estado Mexicano.
Ley General de Partidos Políticos
Las modificaciones a esta ley establecen que los partidos políticos, en ejercicio de su autodeterminación y autoorganización, tienen en todo momento el derecho a elegir a sus dirigentes y a sus candidaturas conforme a los procedimientos señalados en sus documentos básicos, sin la intervención de ninguna autoridad electoral.
También señala que la autoridad electoral no podrá reducir o retener más del 25% de la ministración mensual del financiamiento público ordinario que les corresponda a los partidos políticos por sanciones, multas, descuentos, remanentes u otros conceptos.
Menciona que los partidos políticos podrán conservar el dinero público y privado que no se gaste al año para utilizarlo posteriormente en una elección federal o local.
Los partidos políticos, en caso de así decidirlo, podrán utilizar los remanentes de sus recursos públicos y privados para los fines que constitucionalmente les fueron otorgados en subsecuentes ejercicios fiscales y también podrán utilizarlos para la elección federal o local siguiente.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Con esta disposición jurídica se eliminan dos salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las cuales nunca entraron en funciones, por lo que el Tribunal funcionará de forma permanente con una Sala Superior, cinco Salas Regionales y una Sala Regional Especializada.
Al igual que los consejeros, esta ley parte del “plan B” ajusta los salarios de los magistrados, pues señala que ellos deberán recibir remuneraciones “adecuadas” y no podrán justificar la excepción de especialización o trabajo técnico calificado para ganar más que el presidente.
También establece que los magistrados pueden convocar al pleno para sesión extraordinaria a fin de someter a discusión la remoción del presidente de la Sala Superior. Para ello, se requiere mayoría de cinco votos, y solo procederá cuando se acredite “fehacientemente” que el presidente a incurrió en conductas que vulneran los principios rectores de los servidores judiciales electorales.
Fuente: Forbes México