Con 38 votos a favor y cero en contra y entre recriminaciones de Morena al PRI por los altos montos de la deuda pública, que rebasa los 17 mil millones de pesos, el Congreso de Oaxaca aprobó esta tarde la Ley de Ingresos de 2024, por un monto de 99 mil 619 millones de pesos, más del 95 por ciento proveniente de la Federación.
La 65 legislatura avaló una recaudación por 4 mil 247 millones de pesos por concepto de impuestos y cobros locales.
En ese último rubro, desaparecerán los ingresos por el pago de cuotas en los subsistemas de educación media superior como el Colegio de Bachilleres de Oaxaca (Cobao), el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos (Cecyte) y los bachilleratos comunitarios, los cuales a partir de enero no deberán cobrar ningún tipo de cuota a sus alumnos.
La Ley de Ingresos distribuyó la recepción de recursos públicos de la siguiente manera: 29 mil 310 millones de pesos en Participaciones federales y 63 mil 286 millones de pesos por Transferencias Federales Etiquetadas
En el rubro de Transferencias Etiquetadas sobresalen 56 mil 445 millones de pesos por concepto de Aportaciones federales y 3 mil 884 millones de pesos que arribarán a la entidad por 3 mil 884 millones de pesos.
Además de la cancelación de pagos en los subsistemas de educación superior, la Ley de Ingresos prevé estímulos al momento de pagar tenencia vehicular, abrir empresas o fabricar bebidas como mezcal.
El Artículo 23 indica que los artistas y grupos independientes oaxaqueños y las empresas culturales oaxaqueñas se les otorgará el 50 por ciento de estímulo fiscal por el uso, goce o aprovechamiento del espacio.
El Artículo 20 refiere que las personas físicas, morales o unidades económicas sujetas al Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico, que enajenen mezcal artesanal y ancestral según la clasificación de categorías contenidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-2016, se les otorgará estímulo fiscal del 100 por ciento del impuesto causado por la enajenación de las bebidas referidas.
Asimismo, el Artículo 18 señala que las personas físicas, morales o unidades económicas sujetas al pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en el estado de Oaxaca, se les otorgará estímulo fiscal del 100 por ciento de recargos y multas generados en 2024 y años anteriores.
Mientras tanto, el Artículo 16 apunta que las personas físicas, morales o unidades económicas que inicien operaciones empresariales en el ejercicio fiscal 2024, dentro del territorio de Oaxaca y generen más de 50 empleos directos, se les otorgará estímulo fiscal del 50 por ciento en el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal.
Artículo 14 subraya que las personas físicas, morales o unidades económicas, sujetas al pago del Impuesto Sobre la Adquisición de Vehículos de Motor Usados, se les otorgará el 80 por ciento de estímulo fiscal del impuesto, actualizaciones y recargos generados, mientras que el Artículo 10 señala que a los propietarios y/o tenedores de vehículos, enajenados por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor o comerciantes en el ramo de vehículos, excepto aeronaves y embarcaciones, se les otorgará un estímulo fiscal del 100 por ciento del Impuesto sobre Tenencia o Uso de vehículos en el ejercicio fiscal 2024.