Mario Romero/Álvaro Morales
Las personas que provoquen incendios forestales ya sea de manera dolosa o por omisión serán castigadas con entre 10 y 15 años de prisión.
El Congreso estatal aprobó una nueva modificación al Código Penal con el objetivo de crear el artículo 450 Bis e intentar con ellos frenar la comisión de aquellos ilícitos, que en 2024 han cobrado vidas humanas y la pérdidas de miles de hectáreas de superficie vegetal.
La normativa refiere que serán detenidos y puestos disposición de un juez todas aquellas personas que de manera intencional o por “omisiones en el cumplimiento de normas” provoquen deflagraciones en bosques, selvas, terrenos forestales o de superficie vegetal.
Lo anterior incluye a aquellos ciudadanos o ciudadanas que pierdan el control de quemas agrícolas.