– El acuerdo del Consejo General del órgano electoral determinó que la asamblea con la que se pretendió destituirlo presenta una serie de irregularidades, y que carece de legitimidad.
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) mantuvo en el cargo al presidente municipal de Eloxochitlán de Flores Magón, Felipe Palacios Cházares, luego de que en una asamblea se pretendió revocarlo de su cargo.
De acuerdo con la sentencia del órgano electoral, el presidente municipal nunca fue convocado a la asamblea para ejercer su derecho de audiencia, y la convocatoria en sí misma y su publicitación adolecen de inconsistencias que afectan todo el proceso de Terminación Anticipada de Mandato del Presidente Municipal del Ayuntamiento Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca.
La asamblea, detalló, no fue instalada debidamente porque Ausencio Romero Andrade, quien se ostentó como Síndico Municipal, no cuenta con las facultades y atribuciones, legales y constitucionales para haber instalado la Asamblea General Comunitaria del 19 de mayo de 2024.
Además, no fue convocada de manera explícita y específica para revocar el mandato del Presidente Municipal de Eloxochitlán de Flores Magón, y tampoco se hizo con la antelación establecida por la propia comunidad y menos se citó a las comunidades que integran el municipio.
“El proceso de Terminación Anticipada de Mandato no cumple con el primero de los requisitos, al saber que, con independencia de falta de legitimidad de quienes emitieron la convocatoria”.
Adicionalmente, entre otras irregularidades, el IEEPCO informó que el número de personas que votaron en la asamblea para destituir al edil Felipe Palacios, no cumple con el principio de mayoría relativa. En la asamblea electiva en la que fue designado como presidente municipal votaron 2 mil 201 personas, mientras que en la asamblea para destituirlo apenas votaron 727 personas.
“Se califica como jurídicamente no válida la Terminación Anticipada de Mandato del Presidente Municipal del Ayuntamiento de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca, electo en el año 2022”, sentenció el órgano electoral.
También determinó que se dejan a salvo los derechos de las autoridades, la Asamblea General y la comunidad, para recurrir el presente Acuerdo en las vías jurisdiccionales correspondientes, y exhortó las autoridades, a la Asamblea General y a la comunidad en general de Eloxochitlán de Flores Magón, “para que privilegien las medidas pacíficas de solución de conflictos mediante los procedimientos e instituciones que se consideren adecuados y válidos comunitariamente”.