El integrante de la Red de Intérpretes y Promotores Culturales, Jesús Gerardo Herrera Pérez, aseguró que el artículo cuarto de la Constitución Política de México debe entrar a un nuevo proceso y de reforma para garantizar la debida protección y defensa del medio ambiente.
Esto, sobre todo en contextos como el de Oaxaca, donde el 80 por ciento del territorio es propiedad comunal y el 92 por ciento de estas tierras, son de pueblos y comunidades indígenas, los cuales, por su cosmovisión, son ambientalistas o protectores de la naturaleza.
Herrera Pérez mencionó que tres de cada cuatro asesinatos de defensores del medio ambiente ocurren en la región de América Latina y El Caribe, y en el caso del México, en los dos últimos años Oaxaca es el estado del país con el mayor número de personas defensoras del medio ambiente asesinadas.
Los principales factores de estos crímenes son la imposición de megaproyectos en los pueblos y comunidades indígenas “que por su naturaleza y cosmovisión, son ambientalistas”, y la composición territorial del estado.
En este escenario, explicó que la última reforma al artículo cuarto constitucional se reconoce como un derecho humano fundamental, el derecho a gozar de un ambiente sano.
Sin embargo, sostuvo que hubo una serie de “errores” en las leyes secundarias para la ejecución o cumplimiento de la reforma constitucional, sobre todo en lo que se refiere a los mecanismos de protección y en las herramientas que permitan la salvaguarda de este derecho humano a un medio ambiente santo. Adicionalmente, dijo, tiene “otro defecto”: tiene un corte de carácter individual.
“Habla sobre el derecho individual, pero descarta y excluye la naturaleza colectiva de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas. No obstante que en la reforma de 2001 se declara que (México) es un estado plurinacional y reconoce la diversidad cultural”.
Y la postura de la Red de Intérpretes y Promotores Culturales, recalcó, es que las empresas que llegan a Oaxaca para explotar sus recursos naturales a través de concesiones otorgadas por el gobierno mexicano sin consultar a los pueblos y comunidades indígenas paguen lo que contaminan y que resarzan el daño que están provocando, porque en algunos casos es irreversible.
“Que respeten también los saberes ancestrales porque las comunidades tienen en su cosmovisión y en su ejercicio diario, su estilo de vida, mecanismos para contrarrestar estos daños, estas afectaciones sobre sus propios territorios; tercero, los más afectados son las comunidades, no solamente vienen a ocupar su territorio, sino que vienen a cambiar y a transformar el estilo de vida de las comunidades”.
La propuesta es que se reforme nuevamente el artículo cuarto constitucional para que se reconozca la naturaleza colectiva de los pueblos y comunidades indígenas, que se establezca cuáles son los medios de control constitucional para poder defender el medio ambiente, y la creación de juzgados o jurisdicciones especializados en materia ambiental “con jueces capacitados para resolver temas ambientales”.