La Comisión de Puntos Constitucionales en la Cámara de Diputados se declaró en sesión permanente para debatir, y en su caso votar, la reforma de supremacía constitucional, iniciativa avalada previamente por el Senado. Ello tras quejas de la oposición como PAN y MC, estos últimos dejaron la sesión al argumentar que se trata de un dictamen apresurado.
La representante en dicha Comisión de Movimiento Ciudadano, Claudia Ruiz Massieu, reclamó que Morena en el Congreso de la Unión hizo una convocatoria muy apresurada previo a que su bancada dejara la sesión tras quejas a la iniciativa de ley que blinda las reformas de este gobierno contra recursos como amparos.
“Ha sido claro que ha sido una convocatoria muy apresurada, la mera verdad, no estoy objetando que el presidente de la comisión y la mesa directiva tengan facultades para decidir si se convoca a una reunión extraordinaria, ese no es le tema, el tema es el orden del día donde se incluye la dictaminación de una minuta que no se ha acreditado la urgencia de por qué hacerlo tan rápido, se aprobó hace tres días en el Senado y ya se esta dictaminando”, dijo.
Oposición reclamó por la rapidez del proceso
Después de aprobar el orden del día, la presidencia de la comisión, encabezada por Leonel Godoy, propuso la votación para declarar la sesión permanente, lo cual generó críticas de legisladores de la oposición, quienes reclamaron por la rapidez del proceso y la falta de oportunidad para intervenir.
La reforma de la supremacía constitucional, aprobada recientemente en el Senado con la mayoría de Morena y promovida por el senador Adán Augusto López, pretende impedir amparos contra reformas constitucionales. La oposición ha expresado su preocupación por las implicaciones de esta modificación, argumentando que podría limitar la protección ciudadana frente a decisiones del gobierno.
Cómo explicó el coordinador de los morenistas en San Lázaro, Ricardo Monreal, en esta semana, la idea es que se eleve a rango constitucional la fracción primera del artículo 61 de la ley de amparo que se establece que no procede juicio de amparo, ni ninguna acción derivada de estas como acciones de suspensiones en contra de la constitución, lo mismo contra reformas y su proceso legislativo.
Fuente: El Heraldo de México