El buen juez por su casa empieza… ¿o no gobernador Jara?
Si de verdad le preocupara Oaxaca y la austeridad, diría no al nepotismo, no a la corrupción, pero ha hecho lo contrario, mantiene a su familia e hijos en puestos claves, no en nómina oficial, porque no es tonto, pero tras el poder y destruyendo la entidad oaxaqueña con grupos de choque y apoderándose de todas las obras, unas de verdad y otras fantasmas.
Esto es justamente lo que le sucede al gobierno de Salomón Jara Cruz, cegado por el odio, la venganza y el rencor, ha metido a Oaxaca en un torbellino que puede resultarle fatal y que sin duda lleva las de perder en cualquier escenario.
Su última aberración fue “ordenarle” a la “oficialía de partes”, el congreso local en San Raymundo Jalpan la supresión de 1344 plazas de base, en la que hay empleados hasta con 12 años de antigüedad, correrlos y dejar desamparadas a igual número de familias que nada tienen que ver con sus pleitos políticos con los exgobernadores Gabino Cué Monteagudo, en cuyo sexenio Jara Cruz fue titular de Sedapa, y el de Alejandro Murat Hinojosa.
Aquí hay un tema legal que las y los afectados harán valer, primero al negarles el derecho de audiencia, ellos se irán al amparo; segundo, la vía por la que hicieron el decreto que fue el Congreso del Estado no es la correcta, porque el Sindicato de Burócratas no pertenece al legislativo, el contrato colectivo lo tienen con el Poder Ejecutivo, además de que las bases que son entregadas y trabajadas después de seis meses y un día son inamovibles.
¿En qué se basó el consejero jurídico del gobierno de Oaxaca, Geovanni Vásquez Sagrero para emitir tal decreto de supresión de plazas?
Dice Sagrero que son plazas irregulares otorgadas de manera ilegal por los dos gobiernos que antecedieron a su jefe político Salomón Jara y que habrá un ahorro significativo de más de $2 mil millones de pesos.
Pues aquí les compartimos la opinión de un especialista en tema laboral a quien mi compañero del portal Primera Línea MX, Juan Carlos Zavala logró entrevistar y recabar su importantísimo punto de vista.
“El abogado Gregorio Víctor Cruz aseguró que el decreto aprobado en el Congreso de Oaxaca por el que se despidió a mil 344 trabajadores del gobierno del estado, por iniciativa del gobernador Salomón Jara Cruz, es inconstitucional porque es contrario a los derechos laborales plasmados en la Constitución Política del país; además, es contrario a los tratados internacionales de los que México es parte”.
Para el abogado laborista, no es posible despedir a los trabajadores a partir de un decreto porque debió existir un proceso individual por cada uno del personal despedido ante el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca y el gobierno incumplió con este proceso, el cual se debió agotar ante esa institución que es la encargada para conocer este tipo de asuntos.
Se debieron agotar los procedimientos administrativos para revocar o cancelar los nombramientos de base otorgados en la administración anterior, porque los trabajadores tienen derechos, los cuales adquirieron por ley o bien los que van adquiriendo por el paso del tiempo.
Cada año tanto el gobierno como los diputados locales calculan el presupuesto que se ejercerá para el próximo año, y el presupuesto 2025 se aprobó contemplando estas plazas laborales, por tanto, los argumentos de que hay un daño al erario no se justifica, porque entonces, desde un principio no debieron otorgar recursos para el pago de esas plazas supuestamente “irregulares”.
Además, me dicen que las plazas no fueron de nueva creación, que la mayoría están regularizadas, primero fueron plazas de contrato-contrato activas con techo presupuestal solo cambiaron a base y eso no implica más presupuesto. No revisaron bien cuáles están en ese supuesto de irregulares, quizás las últimas que otorgó el exgobernador Murat Hinojosa puede que no cumplan con todos los requisitos.
Menuda bronca en la que el consejero jurídico metió a su jefe, todo por el control de un sindicato y por haber perdido las elecciones frente a su acérrimo enemigo político Juan Rosas, el cacique sindical al que ellos mismos convirtieron hoy en víctima. Era al que tenían que investigar por la presunta venta de plazas, no joder a los empleados, ilusos, si piensan que los trabajadores van a hablar.
Fortalecieron a Rosas y a su planilla.
Y saben que mediante oficio de fecha 5 de diciembre de 2024, con número SG/096/2024, entregado al secretario de Servicios Parlamentarios del Congreso local, Fernando Jara Soto (sobrino del gobernador), fue Pedro Castillejos Villalobos, actual líder del Sindicato de los Burócratas quien envió el listado con los números únicos de empleados para la supresión de plazas.
Ahora entiendo por qué le llaman “traidor”, porque fue el que entregó a los 1344 empleados de base para que los corrieran y hasta ayer en la tarde sacó la cabeza ante la presión de la base trabajadora pidiendo que Jara Cruz anule el decreto 24 por el que se suprimen 1344 plazas. A corregir la burrada.
Ahora bien.
El camino legal para los trabajadores que fueron despedidos, argumentó el abogado especialista, es promover un amparo contra el decreto aprobado en el Congreso de Oaxaca, interponer una denuncia por despido injustificado y recurrir a organismos internacionales, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre otras.
En resumen, puntualizó, los trabajadores no pueden ser despedidos a través de un decreto porque se está violando la Constitución y los tratados internacionales.
Por si fuera poco, hay jurisprudencia sobre estos temas
¡Que bárbaro!
Por lo visto el consejero jurídico, Vásquez Sagrero ni siquiera leyó que hay jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 2007 y que es obligatoria para los órganos judiciales, le apuestan a negociar con los jueces federales, de ahí radica la importancia de la intervención de los medios de comunicación para exhibir las fallas gubernamentales y que no se cometa una injusticia.
El decreto de supresión de plazas también es inconstitucional porque no debe ponerse como terminación de la relación laboral; porque el trabajador es el que debe elegir si le dan una plaza equivalente o le indemnizan y porque la Ley del Servicio Civil de Oaxaca no prevé esa opción y es contrario al Artículo 123 Constitucional Federal.
Además, la jurisprudencia de tesis es obligatoria y prevalece hasta que no sea modificada, también es aplicable en términos del Artículo 6o Transitorio de la Ley de Amparo de 2013 y es obligatoria para los juzgados de distrito y tribunales colegiados según el Artículo 217 de la misma Ley. Como es del 2007 la jurisprudencia es aplicable en términos del 6o Transitorio.
¿Qué hiciste Geovanni?
Aquí les compartimos la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que le echen un vistazo estimados ciberlectores y ustedes tienen la última palabra.
Lee la sentencia completa: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/ejecutoria/20053
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