El gobernador Salomón Jara Cruz, a través de una iniciativa de reforma, pretende quitar responsabilidad al gobierno del estado para garantizar la estabilidad y suficiencia financiera al Fondo de Pensiones del Estado.
De acuerdo con la Asociación de Jubilados, Pensionados y Pensionistas del Gobierno de Oaxaca, el mandatario busca reformar el artículo siete de la Ley de Pensiones.
Este este artículo establece que el Director General de la Oficina de Pensiones, deberá realizar cada año un estudio actuarial, el cual se presentará al Consejo Directivo para su conocimiento y si el mismo, “arroja como resultado que las cuotas y aportaciones son insuficientes para cumplir con las obligaciones derivadas de esta Ley, el Director General deberá hacerlo del conocimiento del Titular del Ejecutivo y del Congreso del Estado, para realizar las adecuaciones que garanticen la estabilidad y suficiencia financiera del sistema de pensiones del Estado”.
También estipula que si “llegare a ocurrir en cualquier tiempo que las aportaciones del Gobierno del Estado de Oaxaca, las cuotas de los trabajadores, jubilados y pensionados, los rendimientos del fondo de pensiones y demás recursos no bastaren para cubrir las pensiones y otras prestaciones previstas en este ordenamiento, el déficit que hubiere, cualquiera que sea su monto, será cubierto por el propio Gobierno del Estado de Oaxaca”.
La iniciativa del gobernador Salomón Jara también elimina beneficios que han ganado con el tiempo los trabajadores jubilados y pensionados del gobierno del estado.
Por ejemplo, la propuesta deroga el derecho de los jubilados a integrarse a la previsión social múltiple, despensa, vida cara, quinquenios, Día de las Madres y canasta navideña; así como el hecho de que la canasta básica y los montos de las prestaciones “serán determinadas por acuerdo del Consejo Directivo, mismos que no deberán ser superiores a los montos que se otorgan a los trabajadores en activo”.
También elimina del artículo 63 el que los intereses a cargo del Fondo de Pensiones que no se reclamen dentro de los tres años siguientes a la fecha en que hubieren sido exigibles, prescribirán a favor del fondo de pensiones, entre otras reformas.