Un juez federal otorgó la suspensión provisional del decreto 24 del gobernador Salomón Jara Cruz, con el que despidió de manera injustificada a mil 344 trabajadores, a favor de dos trabajadoras que promovieron una demanda de amparo.
Con esta suspensión provisional, el juez ordena la reinstalación de las dos trabajadoras con todos sus derechos laborales, los cuales tenían antes de la emisión del decreto aprobado por la 66 Legislatura del Congreso del Estado.
Es decir, el gobierno de Salomón Jara deberá reinstalar a las dos afectadas en sus puestos de trabajo con el pago del 100 por ciento de su salario y todas sus prestaciones laborales, hasta en tanto haya una resolución definitiva sobre la demanda de amparo que promovieron.
“Se concede la suspensión provisional, para que no se materialice en la esfera jurídica de la parte quejosa los efectos y consecuencias el Decreto reclamado, en relación con el nombramiento definitivo que le fue otorgado en su momento; esto es, para que las cosas se mantengan en el estado que guardan conforme a la relación laboral que existe entre la quejosa y el gobierno del estado de Oaxaca, vigentes antes de la publicación del Decreto reclamado, hasta en tanto se dicte la interlocutoria relativa a la suspensión definitiva”, señala la resolución.
De esta manera, agrega, la suspensión en el juicio de amparo tiene el alcance de paralizar, detener la ejecución del acto reclamado, de manera que, si éste no se ha producido, no nazca, y si ya se inició, que se detenga temporalmente, esto es, que se paralicen sus consecuencias o resultados finales; y en otro alcance, hoy en día puede incluso tener efectos restitutorios.
El juez federal requirió a las autoridades responsables, para que, dentro del término de veinticuatro horas, den cumplimiento a la suspensión provisional con base en los efectos concedidos en la presente determinación.
En el entendido que, para el pleno cumplimiento de esta determinación, las autoridades deberán acreditar que se respetan íntegramente los derechos laborales de la parte quejosa en los términos que se encontraban antes de la emisión del decreto impugnado.
Además, advierte que en caso de que las autoridades responsables, es decir, el gobierno de Salomón Jara, no cumpla con la reinstalación de las dos trabajadoras o con la medida cautelar en el plazo indicado de 24 horas, se les impondrá a cada una, una multa de 100 días calculada al valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y que asciende a un monto total de 10 mil 857 pesos.