La Sala Regional Xalapa del TEPJF determinó que el plazo establecido por el IEEPCO, para la postulación de candidaturas independientes, independientes indígenas y afromexicanas, para este proceso electoral, es violatorio de los derechos político-electorales del actor y de quienes opten por participar en esa modalidad.
Por lo que ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca modificar de manera inmediata la convocatoria a efecto de ampliar el plazo para las postulaciones y conforme a dicha ampliación, realice la calendarización correspondiente.
Ello, al resolver un juicio presentado por un ciudadano indígena zapoteco y aspirante a candidato independiente a la Concejalía del Municipio de Oaxaca de Juárez.
La magistrada y los magistrados federales determinaron que el plazo establecido en el acuerdo IEEPCO-CG-39/2020, emitido por el IEEPCO, de nueve días previsto para exhibir la documentación que se debe acompañar al escrito de intención que se presenta ante el órgano electoral, es violatorio de los derechos político-electorales del actor y de quienes opten por participar en esa modalidad.