La diputada por Morena, Hilda Graciela Pérez Luis presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales en el Estado de Oaxaca (LIPEEO), para garantizar la participación igualitaria de la ciudadanía en los procesos electorales.
Con ello, se pretende modificar el párrafo décimo sexto del numeral 3 del Artículo 182 para obligar a los partidos políticos y coaliciones para que en el registro de fórmulas para las diputaciones por el principio de mayoría relativa y de planillas a los Ayuntamientos, a garantizar la postulación de la ciudadanía indígena, afromexicana, con discapacidad, mayor de 60 años y jóvenes.
Lo anterior al recordar que el Partido del Trabajo (PT), impugnó los lineamientos emitidos por el IEEPCO los cuales representaban una acción afirmativa a favor de grupos en situación de vulnerabilidad que históricamente han sido invisibilizados.
Por lo que ante la revocación parcial hecha por el Tribunal y toda vez que con la buena voluntad no se puede avanzar, “es importante establecer en la legislación electoral la certeza que se había otorgado a las personas pertenecientes a estos sectores a tener un espacio para contender en un proceso electoral”, dijo.
La legisladora, propuso reformar la fracción VII del artículo 21 del mismo ordenamiento a fin de adicionar como requisito para quienes aspiren a una candidatura no estar sentenciada o sentenciado por los delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
Durante su participación en Tribuna mencionó los lineamientos para que los partidos políticos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género, resaltando el contenido del último capítulo denominado «Del 3 de 3 contra la violencia».
Mismo que contempla que las y los aspirantes a una candidatura no se encuentren en ningún antecedente, denuncia, investigación o procesamiento y, en su caso, no haber sido condenado o sancionado mediante resolución firme por: Violencia familiar y doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
O por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal y; no estar inscrito o tener registro vigente como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias.
“La ciudadanía no merece que personas que violenten a las mujeres ocupen cargos públicos en los que se escuden para no hacer frente a sus responsabilidades”, enfatizó la Legisladora.