-La referida Juez quinto de lo familiar del Tribunal Superior de Justicia, dejó sin pensión alimenticia a dos menores de edad, violentando el derecho superior de la niñez y le dieron revés
-El exesposo Víctor López Martínez enfrenta denuncia de acuerdo con la carpeta de investigación 21882/FVCE/OAXACA/2021 y comparecerá por violencia familiar; el Registro Civil lo subió a su plataforma como deudor alimentario, no puede salir del país
¿Se acuerdan del caso Ivonne García Aguilera?
A quien su exesposo Víctor López Martínez ejerció violencia familiar, amenazas de muerte y la despojó de un inmueble en la colonia Reforma junto con sus dos menores hijos, apoyado por juez quinto de lo familiar, María Eugenia López Morales quien dejó sin pensión alimenticia a los niños.
Pues bien.
La justicia federal le concedió un amparo y protección para dejar sin efecto los abusos de la juez en mención de acuerdo con el expediente número 826/2021dictado por el juez Quinto de Distrito en el Estado de Oaxaca del Poder Judicial de la Federación, Ricardo Alfonso Morcillo Moguel, quien resolvió:
La Justicia de la Unión ampara y protege a Ivonne García Aguilera, por propio derecho y en representación de los menores de edad V.M. y I.M. de apellidos L.G. en contra del acto de la titular del Juzgado Quinto de lo Familiar del Distrito Judicial del Centro, con sede en Oaxaca de Juárez.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 77 de la Ley de Amparo, en el último considerando de la sentencia que conceda la protección constitucional, se procede a determinar con precisión los efectos de la concesión del amparo, especificando las medidas que la autoridad deba adoptar para asegurar su estricto cumplimiento y la restitución del quejoso en el goce del derecho violado.
En ese sentido, una vez que cause ejecutoria la presente resolución, la Juez Quinto de lo Familiar del Distrito Judicial del Centro (María Eugenia López Morales), en un plazo no mayor de tres días hábiles, deberá:
Dejar insubsistente la determinación adoptada en audiencia familiar de seis de julio de dos mil veintiuno, únicamente en la parte que se tuvo por pagadas las pensiones del deudor alimentario al mes de julio de dos mil veintiuno, así como el apercibimiento realizado a la quejosa Ivonne García Aguilera, en el sentido que, de no pagar su adeudo, se seguirán descontando de la cantidad adeudada las pensiones alimenticias que se sigan generando.
En la inteligencia que se deja en libertad de jurisdicción a la juez familiar responsable, de adoptar medidas para hacer cumplir con el convenio a las partes; siempre y cuando, no se afecte el interés de los menores de edad.
Ya que, con independencia de las obligaciones contraídas por las partes del juicio natural al disolver su vínculo matrimonial, los alimentos en favor de los menores hijos deben salvaguardarse y ser una prioridad.
Como bien se indicó en párrafos precedentes, la institución de los alimentos, entre sus atributos es de carácter personalísimo, su condición de ser intransferibles e irrenunciables, intransigibles, imprescriptibles e inembargables.
En efecto, los alimentos no pueden ser objeto de transacción por obligaciones de los padres, como así lo hizo valer el deudor alimentario (Víctor López Martínez) y consintió la Juez de lo Familiar responsable.
Entonces la determinación adoptada por la juez responsable en audiencia seis de julio de dos mil veintiuno, en donde tuvo por pagadas la pensión alimenticia de los menores de edad hasta el mes de julio de dos mil veintiuno, por una cuestión inherente a un adeudo de la progenitora, a consideración de este juzgador evidentemente vulnera derechos fundamentales de los menores quejosos.
Quien aquí resuelve, no justifica, ni presupone la omisión por parte de Ivonne García Aguilera, de realizar los depósitos mensuales de la cantidad de $6,500.00 moneda nacional que recibía por concepto de arrendamiento del inmueble ubicado en Segunda Privada de Gardenias número 111, Colonia Reforma, en esta Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, donde anteriormente residían la progenitora y sus menores hijos.
Empero, deriva el principio de interés superior de los menores y de la institución de los alimentos a que tienen derecho a recibir, la juez familiar (María Eugenia López Morales) debió analizar alternativas para requerir ese pago y no tomarlo a cuenta de las pensiones alimenticias adeudadas.
¡Qué tal con la juez!
Qué bueno que en el caso de la pensión alimenticia el juez federal haya hecho justicia a los dos menores de edad afectados y éstos hayan quedado protegidos salvaguardando sus derechos.
Y en este caso que hemos expuesto desde un principio a la opinión pública es importante informar que el deudor alimentario Víctor López Martínez también enfrenta una denuncia penal por violencia familiar en contra de su exesposa Ivonne García Aguilera, de acuerdo con la Carpeta de Investigación 21882/FVCE/OAXACA/2021 ha sido citado a comparecer el próximo 20 de diciembre a las 10:00 horas en la Sala de Audiencias del Juzgado de Control, ubicada en el Centro de Justicia “Margarita Maza Parada” en San Francisco Tanivet, Tlacolula de Matamoros, Oaxaca.
Ello con la finalidad de que el Fiscal formule imputación a Víctor López Martínez, por hechos que la ley señala como el delito de VIOLENCIA FAMILIAR cometido en agravio de Ivonne García Aguilera y sus menores hijos refiere el expediente 1126/2021.
Audiencia en la que se le harán saber sus derechos procesales y constitucionales, podrá declarar en relación con el hecho que se le atribuye, ofrecer pruebas, hacer uso del plazo constitucional y su ampliación, o en su caso renunciar a dicho plazo para que en esa audiencia se resuelva su situación jurídica. Por ello, deberá comparecer en compañía de su defensor particular y de no contar con uno se le designará defensor público.
Apercibiéndolo que, de no comparecer sin causa justificada, podría ordenarse su comparecencia por medio de la fuerza pública, en términos de lo que dispone el artículo 141, Fracción II del Código antes mencionado.
Informan al imputado y la defensa pública que el número de Carpeta de Investigación es la 21882/FVCE/OAXACA/2021 para que se impongan de ésta antes de la audiencia a fin de evitar retrasos innecesarios en el desahogo de la misma.
Y también López Martínez se encuentra en el acervo de deudores alimentarios del Registro Civil de Oaxaca con el número de expediente 062/2015 quien adeuda de pensión alimenticia a sus dos menores hijos la cantidad de $52,500.00 y no puede salir del país.
Todo parece indicar que el calvario sufrido por la víctima en este caso Ivonne García Aguilera llegará a su fin con la aplicación de la justicia que desde un principio debió tener, y a la carpeta de investigación se le agregarán las amenazas de muerte recibida en su celular del número 9511284367 presuntamente de su exesposo a las cuales les tomó captura de pantalla que aquí les compartimos.
Palabras obscenas, insultos, ofensas, amenazas de muerte y unas horribles faltas de ortografía se leen en los textos de WhatsApp:
“Mira pendeja a mi todos los jueces de Oaxaca me la pelan a todos los puedo comprar así que deberías de tener miedo tu y tu abogado de quinta jamaz me van a ganar ni comprobar un peso no me pueden obligar a que te de nada y te digo de una vez piensa lo que quieres hacer porque matarte seria tan fácil para mi tu vives porque yo quiero”.
“Eres una pendeja tu vas a estar aquí hasta que yo quiera idiota tu no eres nadie pa decir cuando te vas tu pinche abogado pendejo no sabe quien soy conmigo no puede ningún pinche abogado ni juez así que deja tus pendejadas que te firme”.
¡Horroroso!
Ninguna mujer merece ser tratada con tanta bajeza, por ello esperamos se haga justicia a Ivonne García Aguilera y sus dos menores hijos.
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