-TEEO declara inaplicación de artículo 176 de la LIPEEO
El Senador de la República Salomón Jara Cruz podrá realizar precampaña de poco más de 10 días tras la declaratoria de inaplicación del artículo 176 de la Ley Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO), que decretó el TEEO
El representante de Morena ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Geovany Vásquez Sagrero expuso que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Tribunal local pronunciarse en este sentido.
“La Sala Superior ordenó al Tribunal Electoral la inaplicación o aplicación del artículo 176 numeral 06 de la LIPEEO que impedía al Senador Salomón Jara Cruz realizar precampaña por ser precandidato único”.
Señaló que esta regla viola la Constitución y los derechos políticos electorales de Jara Cruz, quien podrá realizar campaña luego de que se les haga llegar la notificación por parte de la autoridad electoral correspondiente.
Reconoció que a pesar del fallo del TEEO, el precandidato único de Morena podrá realizar únicamente precampaña hasta el 10 de febrero, como lo marcan los órganos en la materia.
En este sentido descartó que el Senador cuente con más de 370 impugnaciones por actos anticipados de campaña en su contra.
Por otro lado, aseguró que en el caso de la Senadora Susana Harp Iturribarría una de las dos impugnaciones fue improcedente y una más está confirmada.