El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), dejó firme la negativa del IEEPCO de dar registro a Fuerza por México (FXM), como partido político.
El Pleno del TEEO, expuso en la sentencia del juicio ciudadano, identificado con la clave: JDC/26/2022, que el Instituto Estatal Electoral informó a la actora, de manera clara y precisa, los fundamentos y razonamientos jurídicos en los cuales basó su determinación.
En este sentido el órgano resolvió que son infundados los agravios hechos valer por la presidenta del Comité Directivo Estatal de Fuerza por México, María Salomé Martínez Salazar, respecto a la supuesta vulneración al principio de legalidad por parte del IEEPCO.
“La actora aseguró que el Instituto Estatal Electoral no fue exhaustivo en el oficio: IEEPCO/SE/146/2022, mediante el cual le dio respuesta a su solicitud de registro como partido político local”.
Esta resolución refiere que el 11 de enero pasado, Martínez Salazar presentó ante la oficialía de partes del IEEPCO, un escrito en donde solicitó que se otorgara el registro como partido político local, al cual, el Instituto dio respuesta el 18 de enero siguiente.
El Tribunal advirtió que la representación de Fuerza por México hizo dos solicitudes anteriores de registro ante el IEEPCO.
Respecto a la primera, detalló, el Instituto lo declaró improcedente mediante el acuerdo: IEEPCO-CG-113/2021, porque consideró que el dictamen INE/CG1569/202, por el que resolvió la pérdida de registro del otrora partido político Fuerza por México, aun no quedaba firme.