Es, además, una actitud poco democrática y de respeto a la legalidad que, lamentablemente se realiza desde distintos cargos de poder y de responsabilidad pública, anotó Murayama durante la sesión extraordinaria 23 de la Comisión de Quejas y Denuncias, celebrada este martes.
El consejero recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó inaplicar el decreto interpretativo que aprobó el Congreso de la Unión, que permitía a los servidores públicos promocionar el ejercicio revocatorio programado para el 10 de abril, sin ninguna restricción, salvo la de no usar recursos públicos.
El consejero detalló que en lo que va del año la Comisión ha emitido 18 medidas cautelares a diferentes autoridades por la difusión de diversos mensajes prohibidos durante la revocación, incluidos la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum y los 17 mandatarios de Morena y partidos aliados.
En esta ocasión, además de Sheinbaum, la Comisión ordenó a los gobernadores de Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Guerrero, Morelos, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas retirar de sus plataformas la propaganda prohibida.
También se les pidió a todos ajustar su actuación a las reglas de este ejercicio que ordena la suspensión de la difusión de todas las acciones y obras de gobierno desde el 4 de febrero y hasta el 10 de abril, salvo en aquellos temas relativos a cuestiones de educación, salud y protección civil en casos de emergencia.
“Hay una legislación que está vigente, que nos está diciendo que durante ese periodo solamente se puede hacer algún tipo de propaganda gubernamental que tenga que ver con servicios educativos, salud o protección civil”, dijo la consejera Adriana Favela.
Esto no implica que se busque paralizar a las administraciones locales, pues pueden seguir con sus acciones y tareas, pero deben evitar la difusión de obras y acciones de gobierno, planteó.
Decreto interpretativo
En su sesión privada de este lunes, la Sala Superior declaró inaplicable el decreto interpretativo, aprobado por el Congreso de la Unión y publicado el 17 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en materia de propaganda gubernamental.
Y confirmó las medidas cautelares dictadas por la referida Comisión de Quejas y Denuncias del INE, que ordenó a la gobernadora de Campeche y a 17 mandatarios más de Morena y partidos afines eliminar de sus redes sociales las publicaciones en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador.
En su fallo, los magistrados determinaron que el Decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, porque no se realiza una interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental”.
Es decir, se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato, lo cual es violatorio de la prohibición prevista en la Constitución general
Además, consideraron que al establecer esta excepción se realiza una modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo cual está prohibido a nivel constitucional.
Procedente queja del PAN en contra de Morena
En otro asunto, la Comisión declaró la procedencia de la solicitud de medida cautelar promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) y Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, en contra del partido Morena por la difusión del promocional denominado “C.Tamaulipas2”, pautado para televisión
Se estimó que, bajo la apariencia del buen derecho, se está ante una posible calumnia al imputar al gobernador en una de las leyendas del promocional, por lo que se trata de la comisión de un delito que no ha sido sancionado por el Poder Judicial.
A su vez, la Comisión negó medidas cautelares por el contenido del promocional “C.Tamaulipas3” al considerar que aborda críticas respecto al desempeño del gobernador de Tamaulipas a partir de hechos y cuestiones que forman parte del debate público.
La Comisión también determinó improcedente la medida cautelar solicitada por Morena en contra del promocional pautado por el PAN denominado “LAS ENERGÍAS SUCIAS DE MORENA V1”, para radio y televisión, así como en sus redes sociales Twitter y Facebook, por considerar un uso indebido de la pauta y que su contenido, ya que –determinó– constituye la imputación de hechos y delitos falsos.
Del análisis preliminar, se estimó que el contenido del material denunciado no es otra cosa que una opinión crítica que constituye una opinión crítica a un tema de interés general.
Fuente: Expansión