La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que decidió invalidar reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión realizadas en 2017 por “violaciones graves al proceso legislativo”.
Se trata de cambios a la ley que entregaron a las empresas concesionarias de radio y televisión la facultad de autorregularse en materia de ética, publicidad, opinión e información.
El máximo tribunal determinó la existencia de “violaciones graves al procedimiento legislativo desarrollado ante la propia Cámara que impactaron en la calidad democrática de la decisión finalmente adoptada”, dice el comunicado de prensa difundido horas después del debate en el pleno.
La SCJN consideró que no se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad, al haberse incumplido reglas mínimas, tanto en las comisiones como en el pleno del órgano legislativo.
El decreto publicado tras esta reforma quedará inválido una vez que se notifique la sentencia al Congreso de la Unión. Volverán a estar vigentes las dos fracciones del artículo 256 de la ley que obligan a las empresas concesionarias del sector a distinguir entre información y opinión, así como a señalar las diferencias entre publicidad y contenido propio en los programas de noticias.
Choque de poderes
La acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por un grupo amplio de legisladores oposición, incluyendo a representantes del PRD de ese momento (Alejandro Encinas, Manuel Bartlett, Layda Sansores…) y del PAN (Ernesto Ruffo, Juan Carlos Romero, Jorge Luis Preciado, Luisa María Calderón…) contra la reforma aprobada por la mayoría parlamentaria del PRI-PVEM.
Entre lo aprobado está que “Cada concesionario deberá emitir libremente un Código de Ética y no estará sujeto a convalidación o a la revisión previa o posterior del Instituto o de otra autoridad; asimismo, designaran libremente al defensor de la audiencia”.
La legislación dejó que los concesionarios determinen su propia autorregulación, que será “vigilada” por el IFT, con supervisión de la Secretaría de Gobernación.
Durante el debate del dictamen, las senadoras Angélica de la Peña (PRD) y Dolores Padierna (PT), presentaron una moción suspensiva al dictamen, que fue rechazada con 66 votos en contra y 22 a favor por el Pleno.
Reacción temprana
Desde que la iniciativa pasó por la Cámara de Diputados, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información alertó que era una legislación “regresiva” que debilitaba a las instituciones para fortalecer a las empresas.
(…) los promoventes y promotores de esa iniciativa (legisladores, radiodifusores, comunicadores, gobernadores, alcaldes, organismos internacionales vinculados al gremio de los medios electrónicos) pretenden instalar un régimen auto regulatorio para los concesionarios de la radio y la televisión locales, regionales y nacionales, el cual atenta contra la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión de 2013.
Con ello, pretenden evadir sanciones y preservar un modelo de negocio sustentado en publicidad engañosa y propaganda encubierta: esto último, de cara al proceso electoral que se avecina. Los concesionarios también quieren emitir sus códigos de ética sin supervisión del regulador y nombrar a defensores de audiencia a modo de las empresas, en un evidente desprecio por las audiencias.
Fuente: Aristegui Noticias