Las cárceles de múltiples municipios del estado de Oaxaca son históricamente los principales centros de violaciones a los derechos humanos, de altísimo riesgo, donde en completa impunidad los elementos policiacos, incluyendo a jueces municipales, actúan sin protocolos en contra de detenidos donde del 2015 a la fecha se han iniciado 15 expedientes por defunciones en los separos.
Una problemática que debería estar en la agenda pública como tema prioritario tanto del gobierno federal como el estatal porque son un grave detonante de violaciones a la integridad física de las y los detenidos.
Pero no les importa. Peor aún cuando saben que el 80% de las corporaciones policiacas municipales están infiltradas con la delincuencia organizada.
Uno de los casos recientes más sonados que encendió la alerta nacional fue el de Abigail Hay Urrutia, quien presuntamente se habría ahorcado con su ropa interior en los separos de la cárcel municipal de Salina Cruz, nadie creyó esa versión, y por cuya muerte hay dos detenidos recluidos en el penal de Tanivet.
Aunque la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca abrió el expediente DDHPO/1271/(21)/OAX/2022, las investigaciones aún siguen porque hay muchas dudas respecto a que la joven mujer se haya suicidado, incluso, existen indicios de haber sido asesinada y de que su expareja Kleiver Nazario Espinoza habría sido quien la entregó a los policías municipales y de ser el presunto responsable intelectual de su muerte.
Y así como el caso de Abigail, hay otros 14 expedientes, de acuerdo con un informe de la DDHPO, de casos donde supuestamente esas personas detenidas se suicidaron en las cárceles municipales, de los cuales en 8 de ellos las autoridades municipales reportaron que sus muertes se debieron a ahorcamiento al interior de los separos y las personas utilizaron sus prendas como camisas, ropa interior, cinturones o cobijas para colgarse.
Los municipios donde se registraron estas muertes son los siguientes: Santa María Camotlán en 2015; Santiago Juxtlahuaca en 2017; Tezoatlán de Segura y Luna 2017; San Martín del Río en Tezoatlán de Segura y Luna 2018; La Ciénega, Zimatlán 2017; Huajuapan de León 2017; Santa Lucía del Camino 2017; Teotitlán de Flores Magón 2018.
Así como San Juan Bautista Tuxtepec 2019; Tataltepec de Valdés, Juquila 2020; Matías Romero Avendaño 2020; El Espinal 2020; San Juan Lajarcia, Yautepec; Salina Cruz 2022 y Santa María Huatulco 2022.
Las autoridades municipales son quienes hoy por hoy ocupan el primerísimo lugar en violaciones a los derechos humanos, tan solo de enero de 2020 a agosto de 2022 se iniciaron un total de 716 quejas, de las cuales en 474 se reclaman abusos y excesos por parte de elementos de la policía municipal o topiles de diversos ayuntamientos en Oaxaca.
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca en lo que va del 2022 ha iniciado 2 mil 347 indagatorias. Respecto a las quejas se han iniciado mil 858 expedientes de queja.
En el asunto de las policías municipales ocurre porque en los diferentes municipios se carece de protocolos adecuados para la detención y custodia de las personas que cometen faltas administrativas y son internadas en las cárceles, separos o espacios destinados a cumplir con sanciones privativas de libertad.
Lo que ha originado que personas pierdan la vida al interior, ya sea por aparentes suicidios, lesiones que son provocadas por los propios agentes aprehensores o por otras causas que no son debidamente atendidas ni investigadas.
El mismo organismo defensor ha advertido que muchos de esos espacios destinados a prisión preventiva carecen de condiciones materiales dignas para contener a personas privadas de la libertad.
Dichos separos no cuentan con energía eléctrica, generalmente tampoco tienen sanitarios y los que tienen están en pésimas condiciones de higiene; amén de la falta de limpieza, de ventilación, no hay espacios destinados exprofeso para internar a mujeres o personas adultas mayores o con discapacidad.
De igual forma, en muchos de los casos se carece de personal para la custodia permanente y atención a las personas detenidas; tampoco tienen médicos para certificar o brindar atención de salud o primeros auxilios a las personas detenidas.
Por ello se incumple con los principios y normas aplicables, que garantizan que toda persona sometida a cualquier forma de detención o prisión será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente a todos los seres humanos.
No es posible que los policías municipales no estén atentos a las y los detenidos, se supone que hay guardias que vigilan que no traigan ningún objeto que les represente un riesgo de vida.
Otro punto que llama la atención y que la misma DDHPO ha informado es que aún cuando se ha iniciado una averiguación previa y/o carpeta de investigación en cada uno de los casos en que una persona ha perdido la vida en esas cárceles municipales, dichos procedimientos jurídicos no dan lugar a investigaciones exhaustivas, imparciales y eficaces para hacer efectivo el ejercicio de acceso a la justicia y aquí tiene que ver con el deficiente trabajo de jueces del Poder Judicial.
Es importante destacar que la DDHPO ha emitidos tres recomendaciones a autoridades municipales por muertes de personas detenidas y que fallecieron en los separos, estos son:
San Antonino Castillo Velasco, expediente 06/2008; San Pedro Apóstol Ocotlán, expediente 02/2020 y Santa María Alotepec, Mixe con el expediente 05/2022.
Las cárceles municipales se convirtieron en un espacio de muerte, por ello urge una legislación sobre este delicado tema, la profesionalización de los cuerpos de seguridad, aunque se lleve cuatro o cinco años, pero se debe empezar desde ya, para evitar las gravísimas violaciones a los derechos humanos, que como estadísticamente se comprueban, van 15 muertos por supuesto ahorcamiento.
Eso ya no debe suceder.
Por ello es urgente que, en materia de legislación, las y los diputados de la 65 Legislatura de Oaxaca se pongan a trabajar para que por ley sea obligatoria la profesionalización de los cuerpos de seguridad municipal.
Que se destine un presupuesto específico para tal fin y se vigile su aplicación, caso contrario, seguiremos sumergidos en esas graves deficiencias que se registran en las cárceles municipales que son el mismísimo infierno.
Y finalmente, el Estado debe establecer mecanismos de colaboración que permitan a las autoridades municipales cumplir con el mandato de garantizar la seguridad y paz pública de sus comunidades.
Que cuando establezcan sanciones que impliquen la detención de una persona, ésta pueda tener asegurada su integridad física y psicológica, además de que las instalaciones cuenten con condiciones de infraestructura, seguridad y atención integral compatibles con el respeto a su dignidad.
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