-Más de $164 mil 055 pesos se embolsaría el Ayuntamiento capitalino si se trata de Terrazas con música en vivo cuando sea franquicia
Como el gobierno de su Alteza Serenísima, Antonio López de Santa Anna, que entre 1853 y 1854, cobraba impuestos por tener puertas, ventanas, perros y caballos, el ayuntamiento que preside Francisco Martínez Neri pretende añadir a la carga tributaria que pagan restauranteros, hoteleros y bares un nuevo tributo: pago por tener terrazas.
De acuerdo al Dictamen de la Comisión de Hacienda Municipal relativo al Anteproyecto de Ley de Ingresos del Municipio de Oaxaca de Juárez, para el ejercicio fiscal 2023 que está por enviarse al Congreso del Estado para su aprobación, se contempla un cobro de inscripción o revalidación a quienes cuenten con restaurantes o bares con terrazas.
En su artículo 116, del dictamen con número CHM/003/2022, elaborado por la Comisión de Hacienda Municipal, el impuesto para los restaurantes con terraza, con venta de cerveza y solo con alimentos, ascenderá a las 605 UMA
-Unidad de Medida y Actualización, referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en leyes federales y estatales- es decir ascenderá a los 58 mil 213, pesos si es inscripción, y 10 mil 103 pesos si es revalidación.
En el documento, del cual Primera Línea MX tiene copia, el pago por inscripción se incrementa a 820 UMA -es decir a los 78 mil 900 pesos- si es un restaurante con terraza, con venta de cerveza, vinos y licores solo con alimentos.
Pasa a los 860 UMA, es decir equivale a los 82 mil 749 pesos por inscripción, cuando los restaurantes con venta de cerveza operen una franquicia nacional o internacional.
Sin embargo, la cifra de UMA se incrementa a los mil 080, lo equivalente a los 103 mil 917.6 pesos, cuando se trata de restaurante con terraza, con venta de cerveza, vinos y licores, solo con alimentos, que opere en franquicia nacional o internacional.
El monto del nuevo impuesto se sigue elevando hasta los mil 705 UMA, es decir un monto a pagar de 164 mil 055 pesos, para los restaurante-bar con terraza, con música en vivo que opere una franquicia y pagará mil 218 UMA -equivalente a los 117 mil 195.96 pesos- cuando el restaurante terraza-bar que cuente con música en vivo, no sea franquicia.
La autoridad municipal, justificó los nuevos impuestos señalando que buscan “evitar su propagación, así como desinhibir el consumo de alcohol en espacios en donde pueden ingresar menores de edad, siendo la principal adición el giro de Terraza, acorde con el análisis del giro específico para ello”.
En ese marco, se realizará de forma obligatoria un padrón fiscal municipal, donde los titulares de establecimientos comerciales, industriales, de prestación de servicios, de comisión y en general, de toda actividad económica, con giros de control especial deberán empadronarse y obtener la cédula de inscripción, revalidación y/o modificación, en caso contrario, dará lugar a las infracciones y sanciones que para tal efecto determine la autoridad competente de conformidad con la normatividad aplicable.
Entre los nuevos tributos, también destaca la propuesta en cuanto a la fracción IV del artículo 183, que se impondrán cuotas por hora, esto es por el otorgamiento del uso, goce o aprovechamiento de los patios de Palacio Municipal:
40 UMAS por hora, que equivalen a 3 mil 848 pesos (de acuerdo al INEGI, una UMA son 96.22 pesos) por el uso del área del primer patio, y 50 UMAS, esto es 4 mil 811 pesos, en eventos realizados en el segundo patio.
En los documentos no se determina quienes pueden hacer uso de esos patios, ni el tipo de eventos, de manera que sin reglamento de por medio, se podría realizar cualquier actividad pagando -bodas, 15 años, bailes y funerales-.
Aunque en su justificación del contenido normativo de la Ley de Ingresos dice que se busca otorgar seguridad jurídica al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; fortalecer el Impuesto Sobre Diversiones y Espectáculos Públicos, Impuesto Predial e Impuesto Sobre Traslación de Dominio; y se asegura que “no se contemplan nuevos impuestos e incremento de tarifas”, en los hechos sí hay nuevos tributos.
Otro ejemplo se refiere a las multas que se aplicarán de 50 a 150 UMA -esto es de los 4 mil 811 a los 14 mil 433 pesos- por no cumplir con lo establecido en los permisos de diversiones y espectáculos públicos, en lo relativo a la utilización de utensilios y artículos reutilizables o biodegradables para servir alimentos y bebidas.
Adicionalmente, la Ley de Ingresos establece multas que van de los mil 010 pesos a los 3 mil 175. 26 pesos, a quienes interfieran o bien obstruyan ciclovías o carriles confinados, entre otras.