Este martes 13 de diciembre se dio a conocer que un juez sentenció a 30 años de cárcel y una multa de 241 mil 800 pesos a dos mujeres de origen venezolano por el delito de explotación sexual y trata de personas. A través de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), la Fiscalía General de la República (FGR) informó mediante redes sociales que obtuvo la sentencia condenatoria en contra de Natty “V” y Gabriela “V”.
Las implicadas reclutaban a sus víctimas bajo engaños de que trabajarían en una agencia de modelos trasladándolas desde países como Colombia y Venezuela. Tiempo después y de acuerdo con las investigaciones, los perfiles de las mujeres aparecían en páginas de trabajo sexual para después cobrar por dichos servicios y retenerlas por la supuesta deuda que adquirían por traslado o hospedaje.
Desde diciembre de 2018 se llevó el caso a tribunales federales de Morelos y luego de realizar el proceso correspondiente, se dictó la sentencia condenatoria contra ambas mujeres.
De acuerdo con información del Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (Conapred), la trata de personas es un delito en el que se anulan los derechos y dignidad de sus víctimas al ser consideradas un “objeto” que puede ser comerciado.
Es una actividad ilícita cuya finalidad es atraer a una persona mediante engaños, violencia o promesas para explotarla.
La explotación puede presentarse en distintos ámbitos como el sexual, los trabajos y servicios forzados, la mendicidad, los matrimonios serviles, entre otros.
Aproximadamente el 80% de las víctimas identificadas a nivel mundial son mujeres y niñas, por lo que la trata de personas y los distintos tipos de explotación no pueden explicarse, si no es en términos de la desigualdad de género; la discriminación y las violencias vulneran el acceso, ejercicio y respeto de los derechos de las mujeres y las niñas.
Fuente: El Heraldo de México