Como un “evidente acto de corrupción” y un “mensaje de impunidad”, así calificó hoy el Comité de Víctimas de Nochixtlán el cambio de medida cautelar concedido por una jueza federal a Froylán Carlos Cruz, ex comisionado de la Policía Estatal de Oaxaca, acusado de homicidio durante el desalojo violento de junio de 2016 contra habitantes de Asunción Nochixtlán, en el conflicto magisterial por la implementación de la reforma educativa impulsada por el expresidente Enrique Peña Nieto.
En conferencia de prensa, familiares y allegados de las víctimas demandaron al Poder Judicial de la Federación el cese de manera inmediata de la jueza Guadalupe Patricia Juárez Hernández, quien otorgó el cambio de medida de prisión preventiva a prisión domiciliaria, al sostener que la impartidora de justicia quebrantó las leyes para beneficiar al exmando policíaco y militar.
Con la liberación del también ex secretario de Seguridad Pública de Zacatecas no solamente se violentó el Estado de Derecho, afirmó el Comité de Víctimas, pues también se pone en riesgo la integridad de las personas que durante los últimos siete años han exigido justicia para las personas asesinadas y heridas durante el desalojo policiaco.
“Exigimos a la Fiscalía Heneral de la República (FGR) iniciar una carpeta de investigación porque, con su actuar, la jueza está favoreciendo de manera indebida a Froylán Carlos Cruz”, sostuvo.
Ante ello, los integrantes del organismo afín a la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), responsabilizaron tanto al exfuncionario como a la jueza de cualquier agresión o ataque que puedan sufrir los integrantes del Comité de Víctimas.
“No vamos a permitir ningún acto de impunidad en el caso Nochixtlán; el estado debe garantizar que Froylán Carlos Cruz y todo lo responsables políticos y policíacos de la masacre sean enjuiciados y sentenciados por sus acciones y omisiones durante el operativo”, sentenciaron los inconformes.
Para otorgar el cambio de medida cautelar en favor de Carlos Cruz, la jueza justificó que el imputado es mayor a 70 años de edad por lo cual era susceptible de recibir el beneficio de prisión domiciliaria.
“La jueza al resolver pasó por alto que esa hipótesis ya había sido analizada por un juez del mismo Centro de Justicia penal quienes declararon improcedente la petición para que la prisión preventiva se ejecutara en su domicilio”, acusó, sin embargo, el Comité.