Este lunes, el Gobierno de la Ciudad de México publicó la denominada Ley Malena, que tiene como propósito “tipificar con mucha claridad los ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”, en contra de las mujeres de la capital.
Durante la presentación del documento que entrará en vigor a partir de mañana, el jefe de Gobierno, Martí Batres, expuso que se castigará hasta con 46 años de prisión a quien ataque a una mujer con ácido y le deje lesione leves o permanentes.
Detalló que las lesiones que se causen a las víctimas mediante ácido sustancias químicas o corrosivas merecerán de ocho a 12 años de prisión, “sin importar la temporalidad porque lo que se está sancionando primero que nada es la violencia machista, la violencia de género el odio contra las mujeres si la violencia machista”.
Asimismo, dijo que a quien causa daños o incapacidades permanentes la pena debe aumentar en una mitad y este aumento también debe darse cuando la persona víctima sea menor de edad o sea una persona con discapacidad.
De igual forma, apuntó que aumenta en una mitad más si el ataque mediante ácido ocurre en la existencia de una relación afectiva entre el sujeto activo y la víctima; la existencia de una relación de suprasubordinación o superioridad entre cualquier tipo de sujeto activo y la víctima; la existencia de una relación de parentesco; que previo al ataque que causó la lesión haya habido amenazas, acoso u otro tipo de violencia; que la víctima sea mujer transexual o transgénero, “este nuevo delito deberá considerarse también tentativa de feminicidios”; y cuando cause daños graves y permanentes a la mujer víctima.
“No porque pensemos que aumentar la sanciones en sí misma disminuye un hecho o un acto; sin embargo, tiene también su importancia inhibitoria y de castigo ejemplar pasamos de dos a cinco años de prisión cuando dejen cicatriz permanente notable en la cara, a una sanción de ocho a 12 años de prisión. Pero además en los casos en los que se equipare a una tentativa de feminicidios que es en los casos en que se disminuya una facultad o el normal funcionamiento de un órgano, un miembro pasamos de una sanción de tres a cinco años de prisión a una sanción de 11 y hasta 46 años de prisión”, manifestó.
Asimismo, de acuerdo a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, así como al Código Penal de la capital, las instituciones de salud deberán reportar de manera sistemática los ataques mediante ácido sustancias químicas o corrosivas de los cuales tengan conocimiento.
Al evento acudieron: María Elena Ríos, la saxofonista que fue víctima de un ataque con ácido en 2019 en Oaxaca y a quien se le debe el nombre esta ley; la coordinadora de Morena en el Congreso de la ciudad de México, Martha Ávila; la presidenta de la Comisión para la igualdad de género del Senado de la República, Malú Micher; la diputada local e impulsara de estas reformas, Marcela Fuente, así como la titular de la Secretaría de las Mujeres, Ingrid Gómez.
Fuente: El Heraldo de México