Álvaro Morales
El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) confirmó esta tarde la declaración de validez de la elección municipal en Santa Cruz Xoxocotlán y la emisión de la constancia de mayoría en favor de la morenista Nancy Benítez, luego de que hace dos semanas la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le ordenó emitir una nueva sentencia tras una inconformidad presentada por un partido político local.
En la resolución del Recurso de Inconformidad de Elección de Ayuntamientos, RIN/EA/49/2024, el organismo jurisdiccional determinó que las pruebas aportadas por Nueva Alianza Oaxaca para la anulación de la votación recibida en 37 casillas fueron insuficientes.
Con tal sentencia, el tribunal oaxaqueño válido por segunda ocasión el triunfo en favor de la alianza entre Morena, Verde Ecologista de México (PVEM) y Fuerza por México luego de los comicios del pasado dos de junio.
“ La decisión del pueblo de Santa Cruz Xoxocotlán fue respetada. Celebro la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, que hoy confirmó la validez de la elección y la expedición de la constancia de mayoría que fue entregada a nuestra planilla”, publicó en sus redes sociales la alcaldesa electa al conocer la resolución.
*Antecedentes*
El partido inconforme aseguraba que se violó la secrecía del voto en 37 casillas en cuestión, debido a que las mamparas electorales no contaban con cortillas, lo que, de acuerdo con los argumentos, había ocasionado que distintas personas afines a la planilla ganadora presionaran al electorado.
En ese sentido, el órgano jurisdiccional señaló que “los documentos notariales ofrecidos como pruebas, sin bien tienen valor probatorio pleno, lo cierto es que este valor se refiere únicamente a su forma; es decir, que cumplen con los requisitos legales para ser admitidos.
“De la revisión del expediente no obra ningún elemento que pueda sustentar tanto lo dicho por el partido recurrente como lo que obra en los instrumentos notariales, en consecuencia, se consideró que no se acredita la causal de nulidad de votación hecha valer”, indicó a través de un comunicado.
La sentencia resaltó que “la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido que cuando se estudia la validez de las elecciones, los instrumentos públicos sólo adquieren valor probatorio pleno cuando su contenido coincide con las documentales electorales”.
Hace dos semanas, la Sala Xalapa había ordenado al TEEO emitir una nueva sentencia sobre el proceso electivo en Santa Cruz Xoxocotlán en la que se analizaran totalmente las pruebas presentadas por el partido político Nueva Alianza Oaxaca en relación a la existencia de irregularidades en 37 casillas.