Con 32 votos a favor y 2 en contra, estos últimos del diputado Alejandro Aparicio Santiago y la diputada Neli Espinosa Santiago, la LXIII Legislatura local aprobó este martes la reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado que dota de autonomía presupuestaria, funcional, técnica y de gestión de la Fiscalía Especializada para el Combate a la Corrupción.
El dictamen fue presentado por la Comisión Permanente de Administración de Justicia, que preside la diputada Hilda Graciela Pérez Luis, luego del análisis y estudio de las iniciativas presentadas el 9 de agosto del 2017 por la diputada María Mercedes Rojas Saldaña y el 10 de julio por los diputados José de Jesús Romero López y Juan Bautista Olivera Guadalupe, en el sentido de reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.
En el dictamen con proyecto de decreto, aprobado este martes, contempló la reforma de los párrafos segundo y tercero del artículo 8; el párrafo tercero del artículo 20; la adición de un capítulo cuarto BIS; el artículo 11 Ter; el artículo 11 Quater; y un párrafo cuarto al artículo 20 y derogar el párrafo cuarto del artículo 8, todos de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca.
Entre las precisiones del dictamen precisa que el titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción será designado por el congreso, mediante un proceso transparente y ciudadano; se dota a la fiscalía autonomía administrativa, técnica y de gestión y decisión para la investigación y persecución de delitos cometidos por servidores públicos en ejercicio de sus funciones y de le dota de unidades administrativas para su correcto funcionamiento.
También se establece que la persona que ocupe el cargo de Fiscal Especializado de combate a la corrupción deberá cumplir los mismos requisitos y el mismo proceso que se sigue cuando se designa al Fiscal General y deberá rendir informe anual ante el congreso y el Comité Coordinador del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción en Oaxaca.
Asimismo, se establecen las facultades, funciones y obligaciones que debe tener el Fiscal Anticorrupción, lo que le dará certeza legal a sus actuaciones.