En Sesión Ordinaria en el Congreso del Estado, el diputado local del PRD Alejandro Aparicio Santiago presentó una iniciativa para garantizar el derecho a la vida y la protección de los derechos humanos de las y los oaxaqueños.
“Entre los derechos del hombre, sin duda el más importante es el derecho a la vida, que usualmente se reconoce por el simple hecho de estar vivo, su protección se encuentra plasmada en diversos ordenamientos internacionales, como en la Declaración de la declaración Universal de los Derechos Humanos”, dijo.
Por otra parte, sostuvo que en todas la sociedades desde el surgimiento de la humanidad existieron y existen diversas formas de protegerla por ello se implementaron la distintas clases de penas con el fin de frenar el fin ilícito de alguno de sus integrantes y ser aplicado a todo aquel acusado de alterar los normas de convivencia, siendo las más extremas de ellas las pena de muerte, la cual ha existido en todas las culturas con variantes en su forma de ejecución.
“La pena de muerte como norma es muy controvertida, los simpatizantes de la misma opinan que su realización reduce el delito, previene su repetición y es una forma de castigo”, explicó.
En este sentido, el diputado Aparicio, agregó “los detractores argumentan que no reduce el crimen en mayor medida, que ésta y la cadena perpetua son peores que el delito y es una discriminación de hecho contra las minorías y los pobres que puedan no tener recursos suficientes en el sistema legal”.
El legislador del Sol Azteca, puntualizó que en su momento la defensa de la vida fue esencial y su protección tuvo su razón de ser, creándose mecanismos constitucionales necesarios para frenar la aplicación desmedida y arbitraria de la pena de muerte, situación que hoy en día resulta ser lesivo para los derechos humanos, aunado a que México al ser parte firmante de tratados internacionales tiene el compromiso de defender y promover el respeto a la vida.
“Es así como a nivel federal ya fue reformado el artículo 22 de la Constitución Federal cuya finalidad fue la abolición de la pena de muerte y desde luego suprimir la palabra vida del texto del artículo 14”, subrayó.
Sin embargo, indicó, “el hecho de que el primer párrafo del artículo quinto de nuestra Constitución Local siga conservando la palabra vida en su redacción resulta ya obsoleto, ya que no atiende ni a la realidad social ni la realidad jurídica, pues es sabido que en la actualidad ningún Tribunal puede privar de la vida porque está prohibida tanto en nuestra Constitución Federal como en nuestra Constitución Local”.
8 febrero, 2017