Por unanimidad, las y los diputados de la LXIV Legislatura Local aprobaron castigar hasta con 4 años de cárcel a quien con piropos, silbidos, masturbación y frotamientos acose sexualmente a una persona.
La iniciativa de reforma al artículo 241 del Código Penal del Estado de Oaxaca, fue presentada por la diputada Eliza Zepeda Lagunas y establece de forma específica las conductas antes mencionadas.
“Estas conductas recibirán hasta tres años de prisión, sin embargo, cuando exista algún tipo de agravante, la pena podría ser de cuatro años de cárcel”, señala la reforma
Los agravantes pudieran ser si la agresión se da en grupo además hubiera asedio, seguimiento o persecución, si laagresión se comete hacia una persona de menos de 18 años de edad, o de una persona con discapacidad
En Oaxaca se estima que al menos dos de cada diez mujeres han
sufrido algún tipo de acoso sexual callejero, mientras el 10.1 por ciento de hombres entrevistados manifestaron haber sufrido una situación de violencia sexual en la calle, el 27.2 por ciento de mujeres enfrentaron este tipo de violencia (INEGI).
En la entidad, la violencia sexual ocupa el segundo lugar en las
agresiones más frecuentes hacia mujeres, sólo después de la
violencia familiar, según cifras oficiales.