CIUDAD DE MÉXICO.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer que el Gobernador de Nuevo León, Jaime RodrÌguez Calderón, “El Bronco”, puede ser sometido a juicio polÌtico federal por usar recursos públicos para impulsar su candidatura independiente a la Presidencia.
Por 3 votos contra 2, la Primera Sala de la Corte invalidó hoy el procedimiento creado por el Congreso estatal para cumplir la orden de sancionar a RodrÌguez, dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la FederaciÛn (TEPJF).
Pero la Corte no eliminó el problema de “El Bronco”, sino que aclaró que la sanción en su contra debe ser la prevista en el sistema de responsabilidades polÌticas de la Constitución federal.
“De conformidad con el Título Cuarto de la Constitución Federal, el tipo de juicio de responsabilidad y sanción que debe ser aplicable en el presente caso es el juicio polÌtico, a nivel federal”, se lee en la sentencia.
“El procedimiento de responsabilidades en contra del Titular de Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León debió de haber comenzado por la acusación respectiva de la Cámara de Diputados y, posteriormente, por la resolución declarativa de la Cámara de Senadores. Ausentes estos elementos, el Congreso local no estaba en condiciones para emitir el Acuerdo que contiene las reglas procesales para sancionar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado”.
La Corte determinÛ que sigue vigente la facultad del Congreso local para ejecutar el fallo del TEPJF, pero sujeto a los lineamientos de la Corte.
“Se deja a salvo esa facultad para que, de estimarlo oportuno, el Congreso local regularice el proceso de atribuciÛn de responsabilidades que ordenó la Sala Regional Especializada del TEPJF, bajo los lineamientos expresados en esta resolución, tomando como base el sistema de responsabilidad polÌtica”, agrega.
Los Ministros determinaron que el caso es federal, porque “El Bronco” incurrió en irregularidades cuando aspiraba a una candidatura federal, pero descartó que sean aplicables responsabilidades administrativas o penales, sino que el caso es de naturaleza polÌtica.
De acuerdo con el ArtÌculo 110 de la Constitución federal, los Gobernadores pueden ser sometidos a juicio polÌtico por violaciones graves a dicho ordenamiento, lo que en este caso ya fue determinado en la sentencia inapelable del TEPJF.
En este juicio polÌtico, la C·mara de Diputados es la instructora del proceso, mientras que el Senado es el jurado que determina la existencia de la responsabilidad polÌtica, por mayorÌa de dos terceras partes.
Sin embargo, trat·ndose de Gobernadores, el Senado solo hace una declaración que se notifica al Congreso estatal, para que este determine la sanciÛn, que solo puede ser destituciÛn o inhabilitación.
Los Ministros Alfredo Gutiérrez y Jorge Pardo votaron a favor de la nueva versión del proyecto de su colega Juan Luis González Alcántara, mientras que las Ministras Margarita RÌos-Farjat y Norma Pióa, mantuvieron su postura de que la controversia era improcedente.
La Gubernatura de RodrÌguez termina en octubre de 2021, por lo que su periodo podrÌa concluir antes de que culmine el trámite de un eventual juicio polÌtico en su contra.