Ciudad de México, 14 de octubre (SinEmbargo).– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó dar el registro como partido político a la organización Libertad y Responsabilidad Democrática o México Libre, liderada por el expresidente Felipe Calderón Hinojosa y Margarita Zavala Gómez del Campo, con lo que corroboró la decisión tomada por los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 5 de septiembre.
Ese día, los consejeros del INE decidieron no otorgarles el carácter de partido por “graves” irregularidades: “Si lo hacen hoy, ¿qué harán después con presupuesto público?”, dijo entonces Lorenzo Córdova Vianello, Consejero Presidente.
Calderón Hinojosa llegó en 2006 a la Presidencia acusado de fraude. Zavala Gómez del Campo fue señalada y multada por lo mismo en 2018: fraude.
Esta noche del 14 de octubre, el fraude les ha pasado una factura mayor que los deja fuera de la contienda política formal y, además, del acceso al presupuesto público.
En sesión no presencial, el TEPJF determinó, por mayoría de votos, respaldar la decisión del INE, que negó registro a México Libre como partido político. Foto: Guadalupe Fuentes López, SinEmbargo
En sesión no presencial, a través del formato de videoconferencia, el TEPJF determinó, por mayoría de votos, respaldar la decisión del INE, que negó registro a México Libre como partido político. Entre sus razones, la autoridad electoral subrayó que no había acreditado el origen de recursos de diversos aportantes, por lo que no se pudo corroborar el origen lícito de su financiamiento.
Los magistrados señalaron que un registro como partido político no está condicionado únicamente a la satisfacción del procedimiento estipulado por la ley, sino que también se basa en los principios constitucionales en materia electoral a los que están sujetos todos los partidos políticos. Advirtieron que el actuar de los aspirantes debe ajustarse a los exigencias impuestas a las organizaciones de ciudadanos, como la certeza, la pulcritud y la transparencia en rendición de cuentas.
Las irregularidades resaltadas en la fiscalización de sus recursos, dijeron, deben analizarse por sus circunstancias particulares, contexto, efectos y trascendencia en el procedimiento, para evitar una afectación desproporcionada al derecho de asociación de los ciudadanos afiliados a la organización.
El pleno del TEPJF resolvió que la reglamentación de fiscalización permite que las aportaciones monetarias sean únicamente a través de cheque o transferencia electrónica, mientras que México Libre hizo uso de la aplicación Clip, cuyos comprobantes no permiten identificar a los aportantes, de manera que no se puede verificar el origen lícito de un porcentaje de las aportaciones.
Los magistrados concluyeron que el monto de los recursos recolectados a través de la aplicación fueron muy significativos para cumplir con los requisitos mínimos para aspirar a su registro como partido político, por lo que fue una actuación grave.
Cuatro magistrados votaron a favor de negar el registro a México Libre y otros tres lo hicieron en contra.
Más información: SIN EMBARGO